Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2024 (23/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2024 El Peruano / de los miembros para la dispensa de tratamiento por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional, y con el voto mayoritario de los miembros se aprobó el cambio de rubro de fi nanciamiento a la propuesta de transferencia fi nanciera a los Gobiernos Locales aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 023-2024-GRA/CR; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 023-2024-GRA/CR se AUTORIZA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA COFINANCIAR PROYECTOS MEDIANTE CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Y LOS GOBIERNOS LOCALES (Municipalidades Provinciales y Distritales) de la jurisdicción de la Región Ayacucho, con cargo a la anulación del crédito presupuestario de los proyectos (…); Que, por Informe Nº 002-2024-GRA/GR-GG-GRPPAT de fecha 22 de febrero de 2024, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho, remite al Presidente del Consejo Regional el sustento para su aprobación de las transferencias Financieras a favor de 25 Gobiernos Locales (Provincial y distrital), correspondiente en expediente que contiene la documentación relacionada a la aprobación de una transferencia fi nanciera a favor de las Municipalidades provinciales y distritales, por un monto de S/. 14’783,752.00, en el marco de la normativa de la Ley Nº. 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2024, mani fi esta que en articulo 13 Numeral h) “Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el primer trimestre del año 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado, conforme al siguiente detalle arriba en mención; Que, por Informe Nº 014-2024-GRA/GG-GRPPAT- SGPI de fecha 22 de febrero de 2024, la Sub Gerencia de Programación e Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye que la anulación y habilitación del crédito presupuestario, las mismas que se detalla en el folio 4 del INFORME Nº. 56-2024-GRA/GG-SGO, de la Sub Gerencia de Obra; por tanto, se recomienda OTORGAR OPINION FAVORABLE, respecto a la anulación de crédito de las inversiones señaladas en el cuadro Nº 01. Si bien es cierto que existen inversiones, materia de habilitación de crédito de competencia exclusiva del Gobierno Local, será el titular del pliego y con Acuerdo de Consejo Regional quienes deciden respecto a la transferencia fi nanciera, previa la suscripción de convenio. También se señala que, en base a la información remitida por la UEI y señalada por la misma, la totalidad de la cartera de inversiones del PMI y proyectos con PIM en la etapa de ejecución cuenta con recursos programados en el presente año fi scal, en función a la programación de ejecución fi nanciera registrada y actualizada en el formato Nº. 12-B para cada inversión y el cronograma de ejecución establecido para cada proyecto; y conforme al numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fi scal 2024, las transferencias Financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realiza, en el caso de gobiernos regionales mediante el acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose de ambos casos el informe previo de la O fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Finamente recomienda que el Gobierno Regional es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo para los cuales autoriza su transferencia y asimismo los documentos, cronogramas presentados como sustento para la modi fi cación presupuestaria y su cumplimiento son de responsabilidad única y exclusiva del área usuaria quienes lo han solicitado y así como de los directivos que hacen la petición; Que, por Informe Nº 016-2024-GRA/GG-GRPPAT- SGF, de fecha 26 de febrero de 2024, el Sub Gerente de Finanzas, concluye que en observancia al numeral 47.1 del artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, al numeral 13.1 y 13.2 del artículo 13º (Medidas de gastos de inversión) y numerales 13.1, 13.2 y 13.3 del artículo 13º (Transferencias Financieras permitidas durante el Año Fiscal 2024) de la Ley Nº 31953 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y los numerales 5.1 y 7.2 del Anexo Nº 02 - “Lineamiento sobre modi fi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en proyectos de los pliegos con cargo a su presupuesto institucional aprobado, con cargo al presupuesto del sector público para el año fi scal 2024” de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobado con Resolución Directoral Nº0009-2024-EF/50.01; y demás normativas presupuestarias vigentes, así como la opinión favorable a la propuesta de modi fi cación presupuestaria, en el marco de los lineamientos sobre las modi fi caciones presupuestales en materia de inversiones y proyectos de las entidades públicas y en el nivel funcional programático, emitido por el Sub Gerente de Programación e Inversiones (OPMI-GRA), remite el informe de evaluación del requerimiento de modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático (Créditos presupuestarios y anulaciones en la unidad ejecutora), solicitado por la Gerencia Regional de Infraestructura para efectos de HABILITACIÓN de créditos presupuestales a favor de la meta cuya fi nalidad es la Transferencia fi nanciera para proyectos de inversión, a fi n de realizar la transferencia fi nanciera a los Gobiernos Locales (Municipalidades provinciales y distritales) del ámbito de la Región Ayacucho, destinado a fi nanciar la ejecución de 27 proyectos de inversión en el marco del O fi cio Nº. 014-2024-GRA/GG-GRPPAT- SGPI, emitido por la O fi cina de OPMI la propuesta de modi fi cación presupuestal cuenta con opinión favorable de la Sub Gerencia de Programación e Inversiones y luego señala que corresponde a la Sub Gerencia de Finanzas, emitir la opinión favorable o no, de manera expresa, que hace las veces de O fi cina de Presupuesto de la Entidad, en el marco de los lineamientos sobre modi fi caciones presupuestarias en materia de inversiones y proyectos de las entidades públicas; y en caso de emitirse la correspondiente opinión favorable, se remita al Consejo Regional de Ayacucho para emita el Acuerdo Regional donde autorice al Titular del Pliego, la transferencia fi nanciera por el importe de S/. 14´783,752.00 Soles a favor de los pliegos de los Gobiernos Locales (Provincial y distrital, y luego realizar la publicación de la resolución del Titular del Pliego y el Acuerdo del Consejo Regional en el Diario O fi cial El Peruano; suscribiendo los Convenios Interinstitucionales sobre transferencia fi nanciera para la ejecución de proyectos de inversión pública entre el Gobierno Regional de Ayacucho y los veinticinco 25 Gobiernos Locales, incluyéndose una cláusula a fi n de realizar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos; y fi nalmente, se solicite a la Dirección General de Presupuesto Público, la aprobación de la modi fi cación presupuestaria sobre transferencia fi nanciera a los Gobiernos Locales del ámbito de la Región Ayacucho, adjuntando los documentos sustentatorios; Que, por Opinión Legal Nº 08-2024-GRA/GG- ORAI-RYR de fecha 27 de febrero de 2024, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho, estando a las opiniones favorables de la Sub Gerencia de Obras, Sub Gerencia de Programación e Inversiones, así como de la Sub Gerencia de Finanzas de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, opina por la aprobación de la modi fi cación presupuestal en el nivel funcional programática para habilitar proyectos mediante transferencias fi nancieras a los Gobiernos Locales (Municipalidades provinciales y distritales), en la que concluye emitir una Opinión PROCEDENTE, de la