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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2024 (29/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2024 El Peruano / Que el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, mediante el O fi cio N° 000261-2024-CEPLAN- DNCP (19MAR2024), que adjunta el Informe Técnico N° D00089-2024-CEPLAN-DNCPPEI (19MAR2024), verifi ca y valida el Plan Estratégico Institucional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil para el período 2021-2027, que ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el O fi cio Múltiple Nº 000006-2024-CEPLAN-DNCP y la citada “Guía para el Planeamiento Institucional”, cumpliendo con lo requerido en la normativa vigente; Que en ese sentido, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, en base al Informe N° 000070-2024/OPP/UPE/RENIEC (22MAR2024), elaborado por la Unidad de Plani fi cación y Estadística, solicita la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2027 Ampliado del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que asimismo, con el documento de vistos, la Gerencia General señala que el proyecto del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2027 Ampliado del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, re fl eja los acuerdos arribados por las diferentes Direcciones y Ofi cinas, y que esta cuenta con validación metodológica, la consistencia y coherencia por parte del CEPLAN; Que la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe de vistos, opina que es legalmente viable la aprobación del Plan Estratégico Institucional 2021-2027 Ampliado del RENIEC; y, Estando a lo opinado por la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil aprobado por Resolución Jefatural Nº 000086–2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria, y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Plan Estratégico Institucional correspondiente al período 2021-2027 Ampliado del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, cuyo texto como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe el texto del Plan Estratégico Institucional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC 2021- 2027 Ampliado, aprobado mediante la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento del Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones y Prensa la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2274848-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Autorizan al Gobernador Regional la reducción del PIA correspondiente al Saldo de Balance en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 011-2024-GRA/CR Ayacucho, 30 de enero de 2024EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO:El pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Ayacucho, en Sesión Extraordinaria del día 30 de enero de 2024, trató y deliberó la solicitud formulada por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante Oficio Nº 095-2023-GRA/GG-GRPPAT, solicita AUTORIZAR al Gobernador Regional la modificación del presupuesto institucional modificado del Gobierno Regional por concepto de los recursos Directamente Recaudados; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del máximo órgano de gobierno de la Región Ayacucho, sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo establece el artículo 39º de la citada Ley Nº 27867; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria, de Ley 31953 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se autoriza a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales a modi fi car su presupuesto institucional modi fi cado, De producirse una modi fi cación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de fi nanciamiento Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 31 de enero de 2024; Que, mediante O fi cio Nº 095-2024-GRA/GG-GRPPAT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho solicita al pleno del Consejo Regional aprobar por Acuerdo de Consejo Regional la reducción del presupuesto institucional aprobado mediante modi fi cación del presupuesto institucional en la fuente de fi nanciamiento 02 Recursos Directamente Recaudados, rubro 09 RDR por el importe total de S/. 2, 893,611.00 soles distribuido en G.G. 2.3 Bienes y Servicios soles; adjunta el Informe Nº 04-2024-GRA/GG-GRPPAT-SGF– BBVT de la sectorista de salud, en la que señala que la Unidad Ejecutora 401 Hospital Huamanga según la Cuenta Única de Tesoro no tiene los saldos fi nancieros que respalden con los créditos presupuestales en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados: