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51 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2024 El Peruano / favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 178,360.64 (Ciento setenta y ocho mil trescientos sesenta y 64/100 soles), en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado para el Año Fiscal 2024 del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora 001: SUNARP Sede Central, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: DEL EN SOLES Pliego : 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Unidad Ejecutora : 001 SUNARP-Sede Central Actividad : 5000006 Acciones de Control y Auditoría Fuente de Financiamiento : 1 Recursos OrdinariosCategoría de Gasto : 5 Gastos CorrientesGenérica de Gasto : 2.4 Donaciones y TransferenciasEspecí fi ca de Gasto : 2.4.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional Transferencia : S/ 178,360.64 AL EN SOLES Pliego : 019 Contraloría General de la República Unidad Ejecutora : 001-196 Contraloría General S/ 178,360.64 Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp (www.gob.pe/sunarp). Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2274872-1 Autorizan Transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 050-2024-SUNARP/SN Lima, 28 de marzo de 2024VISTOS:El O fi cio N° 204-2024-CG/SGE del 19 de marzo de 2024, del secretario general de la Contraloría General de la República; el O fi cio N° 251-2024-SUNARP/ZRIX/JEF del 22 de marzo de 2024, del jefe (e) de la Zona Registral N° IX – Sede Lima; el Informe N° 44-2024-SUNARP/OPPM del 26 de marzo de 2024, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 265-2024-SUNARP/OAJ del 27 de marzo de 2024, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 223-2023-SUNARP/SN, se aprobaron los recursos que fi nancian el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se establecieron las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y efi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción; Que, en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N°30742 se autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado por la Contraloría General de la República; siendo que, para efectos del fi nanciamiento de lo establecido en la citada Disposición, se autoriza a las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Contraloría General de la República. Dichas transferencias fi nancieras se realizan en el caso de las entidades del gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego, precisándose que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Resolución de Contraloría N° 355-2018-CG, se aprueba el Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República; Que, con la Resolución de Contraloría N° 349-2023- CG y su modi fi catoria, se aprobó la Directiva N° 012- 2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, que establece las disposiciones para el proceso de la incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a esta Entidad Fiscalizadora Superior, en el marco de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, por otro lado, con Resolución de Contraloría N° 422-2023-CG, se aprobó el inicio del proceso de incorporación a la Contraloría General de la República de ciento setenta y cinco (175) Órganos de Control Institucional, entre los cuales se encuentra, el OCI de la Zona Registral N° IX-Sede Lima; Que, en virtud a lo dispuesto en la normatividad precitada, mediante el O fi cio N° 204-2024-CG/SGE, el secretario general de la Contraloría General de la República (CGR) solicita se efectúe la transferencia autorizada en la Tercera Disposición Complementaria