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42 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2024 El Peruano / del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el financiamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas; estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fin de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, con Resolución Ejecutiva N° 42-2021-ITP/DE, se aprobó el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP” y la Directiva N° 01-2021-ITP/DE denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción-ITP”; Que, en el numeral 8.1 de la Directiva denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción-ITP”, se establece las disposiciones específicas para la elaboración y actualización del Catálogo de Servicios Tecnológicos -CDS; asimismo el numeral 8.3 de la citada Directiva dispone que luego de aprobado el Tarifario de un Órgano del ITP a cargo de la ejecución de servicios tecnológicos (OBS), se consideran tres situaciones posibles para su modificación: i) actualización de servicios tecnológicos, ii) inclusión de servicios tecnológicos, y iii) eliminación de servicios tecnológicos; Que, con Resolución Ejecutiva N° 0153-2023-ITP/DE, se aprobó la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción-ITP”; Que, mediante Resolución N° 0044-2024-ITP/DE, se aprobó el Instructivo N° INST-001-2024-ITP/DE denominado “Instructivo para la Formulación del Catálogo de Servicios y Determinación de Tarifas Mediante el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios-SISTAR”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 054-2016-PRODUCE se creó el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa-CITEpesquero amazónico Pucallpa de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) del Ministerio de la Producción, cuya sede es en el departamento de Ucayali; Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 0087-2023- ITP/DE, se aprueba el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa-CITEpesquero amazónico Pucallpa”, el cual está conformado por diecinueve (19) servicios tecnológicos y una (1) actividad de comercialización; Que, mediante Memorando N° 0167-2024- ITP/CITEPESQUEROAMAZÓNICO- PUCALLPA, sustentado en el Informe N° 0014-2024-ITP/CVV-UTT-CITEPESAMZPP ambos de fecha 13 de marzo de 2023 y el Proveído N° 0006-2024-ITP/GBA-UTT-CITEPESAMZPP de fecha 10 de abril de 2024 el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa-CITEpesquero amazónico Pucallpa (en adelante, el CITE) remitió a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante, DEDFO) su propuesta de Tarifario de Servicios Tecnológicos con veinticuatro (24) servicios tecnológicos y el retiro de la actividad de comercialización de boletines/guías/manuales del Tarifario vigente toda vez que, se está incluyendo en la propuesta un nuevo servicio tecnológico denominado “Difusión de Información Tecnológica Especializada”, el cual causaría duplicidad con dicha actividad; Que, de acuerdo con el Informe N° 0014-2024-ITP/ CVV-UTT-CITEPESAMZPP, la propuesta está referida a cubrir la demanda y satisfacer las necesidades de las empresas del sector pesquero de la región Ucayali. Dichos servicios tecnológicos ayudarán a las empresas a ser más productivas y competitivas, mediante la optimización de procesos, productos y mejora de la calidad; Que, con Memorando N° 0251-2024-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Técnico N° 0026-2024-ITP/MCC-DEDFO ambos de fecha 20 de marzo de 2024, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, emitió opinión favorable respecto a la viabilidad técnica de veintitrés (23) servicios tecnológicos, excluyéndose un (1) servicio tecnológico del propuesto por el CITEpesquero Amazónico Pucallpa el cual brindó conformidad por correo electrónico de fecha 20 de marzo de 2024, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 01-2021-ITP/DE; asimismo, consideró que los veintitrés (23) servicios tecnológicos son técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE; Que, la propuesta de veintitrés (23) servicios tecnológicos involucra la modificación del Tarifario vigente toda vez que: (i) se ha actualizado la tarifa de trece (13) servicios tecnológicos y se ha actualizado la denominación y tarifa de cinco (5) servicios tecnológicos, por lo tanto se han actualizado dieciocho (18) servicios tecnológicos aprobados; (ii) se ha incluido cinco (5) nuevos servicios tecnológicos y (iii) se retira la actividad de comercialización denominada boletines/guías/manuales; Que, con Memorando N° 0830-2024-ITP/OA de fecha 25 de marzo de 2024, sustentado en el Informe N° 1007-2024-ITP/OA-ABAST del Coordinador de Abastecimiento e Informe N° 0094-2024-ITP-OA-ABAST-CP del Coordinador de Control Patrimonial, la Oficina de Administración señaló que se ha validado los costos de los veintitrés (23) servicios tecnológicos propuestos por el CITEpesquero Amazónico Pucallpa, conforme a lo registrado en el Módulo SIGA Patrimonio; Que, con Memorando N° 0846-2024-ITP/OA de fecha 27 de marzo de 2024, sustentado en el Informe N° 1013-2024-ITP-OA-ABAST, la Oficina de Administración señaló que se han validado los costos de materiales fungibles y no fungibles de la propuesta de servicios tecnológicos del CITEpesquero Amazónico Pucallpa, además estos corresponden a compras de bienes y servicios realizadas por el ITP, así como también a cotizaciones de materiales; Que, mediante Memorando N° 0608-2024-ITP/ OGRRHH de fecha 22 de marzo de 2024, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de servicios tecnológicos del CITEpesquero Amazónico Pucallpa, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N° 1949-2024-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0023-2024-ITP/MODERNIZACION ambos de fecha 27 de marzo de 2023, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable a la propuesta de modificación del Tarifario de la CITEpesquero Amazónico Pucallpa, conformado por veintitrés (23) servicios tecnológicos; Que, asimismo de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico N° 0023-2024-ITP/MODERNIZACION, el cálculo de los costos de los veintitrés (23) servicios tecnológicos se encuentran elaborados en el módulo de gestión de tarifarios del Sistema de Servicios de Innovación Productiva (SISTAR) bajo el expediente N° PESQAMAPUCAL000000012024. Así mismo, el proyecto de Tarifario cuenta con la validación de la estructura de costos por parte de la Oficina de Administración y la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de conformidad con el Instructivo N° INST-001-2024-ITP/DE; Que, mediante Informe N° 0166-2024-ITP/OAJ de fecha 18 de abril de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde la modificación del tarifario vigente del CITEpesquero amazónico Pucallpa aprobado mediante la Resolución Ejecutiva N° 0087-2023-ITP/DE, a fin de actualizar dieciocho (18) servicios tecnológicos aprobados, incluir cinco (5) nuevos servicios tecnológicos