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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2024 (01/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2024 El Peruano / establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas; estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fin de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, con Resolución Ejecutiva N° 42-2021-ITP/DE, se aprobó el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP” y la Directiva N° 01-2021-ITP/DE denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”; Que, en el numeral 8.1 de la Directiva denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, se establece las disposiciones específicas para la elaboración y actualización del Catálogo de Servicios Tecnológicos -CDS; asimismo el numeral 9.4 de la citada Directiva, los Tarifarios y CDS de los órganos que brindan servicios, incluyen los servicios que brindan sus Unidades Técnicas adscritas, según corresponda; Que, con Resolución Ejecutiva N° 0153-2023-ITP/ DE, se aprobó la versión 3 de la Directiva N.° 002-2021- ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”; Que, mediante Resolución N° 0044-2024-ITP/DE, se aprobó el Instructivo N° INST-001-2024-ITP/DE denominado “Instructivo para la Formulación del Catálogo de Servicios y Determinación de Tarifas Mediante el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR”; Que, mediante la Resolución Ejecutiva N° 161- 2016-ITP/DE, se crea la Unidad Técnica Agroindustrial Ambo - UT Ambo, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga (en adelante, la Unidad Técnica), cuyo objetivo es transferir tecnología y conocimientos al sector agroindustrial de la Región Huánuco, para innovar y mejorar su competitividad, incrementando la productividad en el sector; Que, con el artículo 1 de la Resolución Ejecutiva N° 334-2019-ITP/DE se resolvió modificar el Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga - CITEagroindustrial Huallaga, aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0213-2016-ITP/DE, incluyendo treinta y tres (33) servicios tecnológicos que constan en el Anexo 1. Dicho Anexo señala que los servicios son aquellos que brindaría la Unidad Técnica; Que, con Memorando N° 0470-2023-ITP/UTE, de fecha 28 de diciembre de 2023, sustentado en el Informe Técnico N° 0064-2023-ITP/UTE, de fecha 22 de diciembre de 2023, y el Memorando N° 0084-2024-ITP/UTE, de fecha 05 de marzo de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 0008-2024-ITP/UTE, de fecha 04 de marzo de 2024, la Unidad Técnica remitió su propuesta de Tarifario con noventa y siete (97) servicios tecnológicos, motivo por el cual recomienda la derogación de la Resolución Ejecutiva N° 0334-2019-ITP/DE; asimismo, con Memorando N° 0254-2024-ITP/CITEAGROINDUSTRIAL-HUALLAGA de fecha 11 de abril de 2024, el CITEagroindustrial Huallaga señaló que considera viable la propuesta de servicios tecnológicos presentada por la Unidad Técnica; Que, de acuerdo con el Informe Técnico N° 0008- 2024-ITP/UTE, dichos servicios se prestarán para cubrir la demanda y satisfacer las necesidades de las empresas del sector agroindustrial de la región Huánuco; asimismo, ayudarán a las empresas a ser más productivas y competitivas, mediante la optimización de procesos, productos y mejora de la calidad; Que, con Memorando N° 0004-2024-ITP/DEDFO de fecha 09 de enero de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 0001-2024-ITP/MCC-DEDFO de fecha 05 de enero de 2024, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE emitió opinión favorable respecto de la viabilidad técnica de noventa y siete (97) servicios tecnológicos propuestos por la Unidad Técnica, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 01-2021-ITP/DE; asimismo, consideró que los noventa y siete (97) servicios tecnológicos son técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la versión 3 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DE; Que, con Memorando N° 0770-2024-ITP/OA, de fecha 18 de marzo de 2024, sustentado en el Informe N° 0911-2024-ITP-OA-ABAST, la Oficina de Administración señaló que se han validado los costos de materiales fungibles y no fungibles de la propuesta de servicios tecnológicos de la Unidad Técnica, además estos corresponden a compras de bienes y servicios realizadas por el ITP, así como también a cotizaciones de materiales; Que, con Memorando N° 0803-2024-ITP/OA de fecha 21 de marzo de 2024, sustentado en el Informe N° 0977-2024-ITP/OA-ABAST de fecha 21 de marzo de 2024 e Informe N° 0086-2024-ITP-OA-ABAST-CP del Coordinador de Control Patrimonial, la Oficina de Administración señaló que se ha validado los costos de materiales de los noventa y siete (97) servicios tecnológicos propuestos por la Unidad Técnica, conforme a lo registrado en el Modulo SIGA Patrimonio; Que, mediante Memorando N° 0604-2024-ITP/ OGRRHH de fecha 22 de marzo de 2024, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de servicios tecnológicos de la Unidad Técnica, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N° 1880-2024-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0021-2024-ITP/MODERNIZACION ambos de fecha 25 de marzo de 2024, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable a la propuesta de Tarifario de la Unidad Técnica, conformado por noventa y siete (97) servicios tecnológicos, así como recomendó derogar la Resolución Ejecutiva N° 334-2019-ITP/DE; Que, asimismo de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico N.° 0021-2024- ITP/MODERNIZACION, el cálculo de los costos de los noventa y siete (97) servicios tecnológicos se encuentran elaborados en el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR bajo el expediente N° UTAMBO000000012024. Igualmente, el proyecto de Tarifario cuenta con la validación de la estructura de costos por parte de la Oficina de Administración y la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de conformidad con el Instructivo N° INST-001-2024-ITP/DE; Que, mediante Informe N° 0173-2024-ITP/OAJ de fecha 23 de abril de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar el tarifario de servicios tecnológicos de la Unidad Técnica, conformado por noventa y siete (97) servicios tecnológico, así como derogar el artículo 1 de la Resolución Ejecutiva N° 334-2019-ITP/DE; Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto de Urgencia Nº 013- 2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Derogar el artículo 1 de la Resolución Ejecutiva N° 334-2019-ITP/DE que modificó el Tarifario