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67 NORMAS LEGALES Sábado 18 de mayo de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Mediante la Carta de vistos, suscrita por la Consejera Presidenta del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y la Presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos, se comunica que el 2 de junio de 2024 se realizarán las elecciones de Presidente de la República, 128 senadurías, 500 diputaciones federales y 9 gubernamentales, así como autoridades a nivel local, que representa el más grande proceso electoral celebrado en dicho país. En ese contexto, cursan una invitación para participar en el Programa de Acompañamiento para Invitados institucionales en el referido proceso electoral, cuyas actividades se han programado del 30 de mayo al 2 de junio, precisando que los gastos correspondientes al hospedaje, alimentación y traslados internos, serán cubiertos por los organizadores y, que se ha plani fi cado que los participantes invitados al citado Programa de Acompañamiento, arriben en la ciudad de México el 29 de mayo de 2024 y retornen a sus países el 3 de junio de 2024; Con el O fi cio Nº 000158-2024-JN/ONPE de vistos, la entidad con fi rmó la participación del señor Carlos Eduardo Vargas León, Subgerente de Asistencia Técnica de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios en el Programa de Acompañamiento previamente señalado, en representación de la ONPE; Es preciso señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619 que, regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y los Artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; En ese sentido, de acuerdo a la comunicación cursada por los organizadores, la invitación tiene por objeto que un representante de la ONPE participe en el Programa de Acompañamiento en el proceso electoral a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos antes referido, que convoca la participación de 99 millones de electores, para elegir un total de 20,708 cargos, lo cual evidencia el interés institucional del evento electoral acotado, en tanto permitirá el intercambio de conocimientos y experiencias en materia electoral, aspecto que guarda estrecha relación con las funciones constitucionales y legales de la entidad; Por lo tanto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice el viaje en comisión de servicios del Subgerente de Asistencia Técnica de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, del 29 de mayo al 3 de junio de 2024 para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria, el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, el literal r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado por la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; y la Resolución Jefatural Nº 000100- 2024-JN/ONPE; y, Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Eduardo Vargas León, Subgerente de Asistencia Técnica de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, del 29 de mayo al 3 de junio de 2024 a los Estados Unidos Mexicanos, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo .- Los gastos referidos a hospedaje, alimentación y traslados internos, serán cubiertos por los organizadores. El gasto referido al pasaje aéreo y seguro de viaje del señor Carlos Eduardo Vargas León, Subgerente de Asistencia Técnica de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, serán cubiertos por la ONPE, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos S/ 5,338.03 (cinco mil trescientos treinta y ocho con 03/100 soles) ida y vuelta; Seguro de viaje USD 33.63 (treinta y tres con 63/100 dólares americanos). Artículo Tercero .- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto .- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, el señor Carlos Eduardo Vargas León, Subgerente de Asistencia Técnica de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto .- Poner a conocimiento de la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos y al servidor señalado en los considerandos precedentes, para los fi nes pertinentes. Artículo Sexto .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe (e) 2289163-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Otorgan licencia a magistrados para que asistan a evento a realizarse en Italia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 085-2024-P/TC Lima, 17 de mayo de 2024VISTAS Las comunicaciones de la Secretaria General y la directora general de Administración de la fecha; y, CONSIDERANDOQue, la Comisión de Venecia tiene por objeto la defensa de los principios básicos del constitucionalismo, entre ellos, la democracia, los derechos humanos y el imperio de la ley; y, en ese ámbito, en la realización de sus sesiones plenarias se generan espacios de diálogo, re fl exión e intercambio de experiencias sobre temas vinculados con la consolidación de los sistemas constitucionales de Europa y del mundo en general; Que, el Estado peruano es integrante de la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho, Comisión de Venecia, y participa activamente de las actividades programadas; Que, el coordinador de las relaciones internacionales del Tribunal Constitucional, comunica al secretario general, mediante Informe 001-2024-CRI-TC, de fecha 9