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64 NORMAS LEGALES Sábado 18 de mayo de 2024 El Peruano / UNIDAD EJECUTORACUI NOMBRE DE LA INVERSIÓNMONTO A TRANSFERIR AL PLIEGO 022: MINISTERIO PÚBLICO S/ 001-UNI 2171470MEJORAMIENTO DE LOS SERVI- CIOS ACADÉMICOS Y DE INVES-TIGACIÓN DEL LABORATORIO DE FÍSICA GENERAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNI.18,842.00 001-UNI 2399563ADQUISICIÓN DE UNIDAD DE LAB- ORATORIO EN EL(LA) FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA Y TEXTIL EN LA LOCALIDAD RÍMAC, DISTRITO DE RÍMAC, PROVINCIA LIMA, DEPARTA-MENTO LIMA.50,380.50 001-UNI 2168023AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA CAMPUS UNI - RÍ-MAC-LIMA.65,284.00 001-UNI 2169311CREACIÓN, INSTALACIÓN DE UN CENTRO DE EXCELENCIA DE IN-VESTIGACIÓN EN MATERIALES Y NANOTECNOLOGÍA EN LA FACUL-TAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSI-DAD NACIONAL DE INGENIERÍA.57,053.00 TOTAL 260,306.50 Artículo 2°.- Realizar, la Trasferencia Financiera autorizada por el Artículo 1º de la presente Resolución Rectoral, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería para el Año Fiscal 2024, Unidad Ejecutora 001: UNI, por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gastos 2.4 “Donaciones y Transferencias” , Acción de Inversión 6000053 “Control Concurrente” , Finalidad 0348747 y la Especí fi ca de Gastos 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional” . Artículo 3º.- Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera autorizado en el Artículo 1º precedente, no puedan ser destinados a fi nes distintos de los que han sido transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 5º.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2289860-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Calamarca, provincia de Julcán, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 0128-2024-JNE Expediente Nº JNE.2023002349 CALAMARCA - JULCÁN - LA LIBERTADCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, ocho de mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: los escritos del 29 de setiembre de 2023, 16 y 29 de abril de 2024, mediante los cuales don Berardo Marcelo Contreras Rosas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Calamarca, provincia de Julcán, departamento de La Libertad (en adelante, señor alcalde), solicita la convocatoria de candidato no proclamado debido a que doña Neysa Yuli Rojas Cruz, regidora electa de la citada comuna (en adelante, señora regidora electa), no juramentó ni asumió su cargo para el periodo de gobierno municipal 2023-2026; y teniendo a la vista también los Expedientes Nº JNE.2023001648 y Nº JNE.2023002349. ANTECEDENTESEn el Expediente Nº JNE.20230016481.1. A través de la carta s/n presentada el 17 de mayo de 2023, el señor alcalde remitió los actuados del procedimiento de vacancia seguido en contra de la señora regidora electa, por la causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y solicitó la convocatoria de candidato no proclamado. 1.2. Con el Auto Nº 1, del 24 de mayo de 2023, este órgano colegiado requirió al señor alcalde para que, en el plazo de tres (3) días hábiles, remitan los documentos que se señalaron en los considerandos 2.4. y 2.5. de dicho pronunciamiento; bajo apercibimiento de declarar improcedente la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, remitir copias de los actuados al Ministerio Público y disponer el archivo de fi nitivo del referido expediente. El mencionado auto fue noti fi cado el 26 de mayo de 2023, conforme se advierte del cargo de la Notifi cación Nº 3451-2023-JNE. 1.3. Mediante el Auto Nº 2, del 14 de junio de 2023, se hizo efectivo el apercibimiento previamente señalado, toda vez que no se cumplió con el requerimiento dentro del plazo otorgado, sin perjuicio de una nueva presentación de su solicitud. En el Expediente Nº JNE.20230023491.4. Por medio de los escritos detallados en el visto, el señor alcalde remitió, entre otros, los siguientes documentos: a. Citación a Juramentación Solemne Nº 001-2023, del 1 de enero de 2023. b. Acta Solemne de Juramentación e Instalación del Alcalde y Regidores que Conforman el Nuevo Concejo Municipal Distrital de Calamara, periodo 2023-2026, del 2 de enero de 2023. c. Comprobante de pago por tasa electoral. 1.5. Mediante la Resolución Nº 0143-2023-JNE, del 28 de agosto de 2023, este Supremo Tribunal Electoral declaró nulo el acto de noti fi cación a la sesión de juramentación e instalación del Concejo Distrital de Calamarca dirigida a la señora regidora, para que, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, luego de habérsele noti fi cado dicho pronunciamiento, cumpla con convocar a la señora regidora, a fi n de que asista al acto de juramentación y asuma el cargo para el que fue electa; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente. 1.6. Con los escritos citados en el visto, el señor alcalde remitió, entre otros, la siguiente documentación: a) Notifi cación de la citación para la Juramentación Solemne N.° 0001- 2023, con el cual se convoca a la señora regidora electa a la juramentación de cargo de regidora, programada para el 26 de setiembre de 2023. b) Acta Solemne de Juramentación de la Regidora Neysa Yuli Rojas Cruz, del 26 de setiembre de 2023. c) Comprobante de pago por tasa electoral. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 5 del artículo 178 señala que es competencia de este organismo electoral: “Proclamar