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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2024 (18/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 18 de mayo de 2024 El Peruano / VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 139-2024-CE-PJ de fecha 30 de abril de 2024; la Resolución Administrativa Nº 343-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 07 de mayo de 2024; y el Ofi cio Nº 63-2024-P-2SC-CSJL-PJ de fecha 16 de mayo de 2024; y, CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 139-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, que la 2° Sala Civil Permanente redistribuya aleatoriamente a la 3° y 4° Salas Civiles Permanentes, como máximo 420 y 130 expedientes, respectivamente, en etapa de trámite más antiguos de la especialidad civil. Segundo. Al respecto, esta Presidencia a fi n de ejecutar las medidas dispuestas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió la Resolución Administrativa Nº 343-2024- P-CSJLI-PJ, disponiendo las medidas administrativas complementarias a considerar para la redistribución de expedientes, otorgando un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente a la remisión de la relación de expedientes seleccionados aleatoriamente por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Tercero. Que, mediante el o fi cio de vistos la Presidenta de la 2° Sala Civil expone que el listado fi nal de expedientes a redistribuir fue remitida por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo con fecha 15 de mayo de 2024, la cual comprendía 521 expedientes; así, atendiendo a la cantidad de expedientes que implicaba la preparación de los mismos, se coordinó con la Coordinadora del Centro de Distribución General (C.D.G) para que se reciban los expedientes el día 16 de mayo de 2024, sin embargo, no se pudo completar las cantidades debido a la oposición de las Salas Civiles receptoras de recibir expedientes pasadas las 5:00 p.m., motivo por el cual, solicita a este despacho la ampliación de plazo para la remisión de los expedientes faltantes, a fi n que puedan cumplir a cabalidad con remitir los expedientes según las precisiones consignadas en la resolución administrativa. Cuarto. Que, a mérito de lo dispuesto en el artículo noveno de la Resolución Administrativa Nº 139-2024-CE-PJ referido a la metodología empleada para garantizar que las redistribuciones de expedientes dispuestas se efectúen de manera aleatoria, esta Presidencia dispuso, mediante resolución de vistos, el uso del “Aplicativo Web para Selección Aleatoria de expedientes a redistribuir” para la selección de los expedientes a remitir por la 2° Sala Civil; y para su redistribución, se dispuso que aquellos expedientes que culminen en numeración impar se redistribuyan hacia la 3° Sala Civil, y los de numeración par hacia la 4° Sala Civil, los cuales podrían ser completados con la numeración inversa en caso resulten insu fi cientes las cantidades de expedientes seleccionados aleatoriamente. Quinto. En tal sentido, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, a través de su Coordinación de Estadística, ha cumplido con remitir el listado de expedientes considerando las numeraciones y lineamientos establecidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con fecha 09 de mayo de 2024, habiendo reemplazado, por única vez, aquellos expedientes que fueron observados por la Sala remitente. Sexto. Estando a lo expuesto, resulta necesario adoptar las medidas que respondan al cumplimiento de la redistribución de expedientes dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, advirtiendo que los expedientes faltantes se encuentran preparados y listos para ser recepcionados por la Mesa de Partes correspondiente. Sétimo. La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de Justicia en sus distintos niveles y áreas. Octavo. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo para la remisión y redistribución de expedientes dispuesta mediante resolución administrativa Nº 343-2024-P-CSJLI-PJ, hasta el 17 de mayo de 2024, debiendo observarse todos los lineamientos dispuestos en la citada resolución administrativa, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- DISPONER que el Centro de Distribución General realice las acciones necesarias y brinde las facilidades pertinentes para la recepción y redistribución de los expedientes remitidos por la 2° Sala Civil Permanente. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Gerencia de Administración Distrital y de la Administradora del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ Presidente de la CSJLima 2289804-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior a funcionario para participar en evento a realizarse en México RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0025-2024-BCRP-N Lima, 15 de mayo de 2024CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Bank for International Settlements (BIS) Representative Of fi ce for the Americas, para participar en el Workshop on Fast Payments in Latin America, que se realizará los días 21 y 22 de mayo de 2024, en Ciudad de México, México; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; La Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria, la evaluación del sistema fi nanciero y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos y proponer medidas que permitan mejorar su e fi ciencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 2 de mayo de 2024; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor José Luis Vásquez Paz, Subgerente de Estrategia y Desarrollo de Pagos Digitales Minoristas de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, a