TEXTO PAGINA: 161
161 NORMAS LEGALES Jueves 30 de mayo de 2024 El Peruano / aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0109-2021-EF/53.01, establece que el PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado; Que, con O fi cio Nº 0214-2024-UNJ-P/DGA, de fecha 04 de marzo de 2024, el Director General de Administración hace llegar al Presidente de la Comisión Organizadora de la UNJ, la disponibilidad presupuestal para trámite de aprobación de proyecto de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) 2024 UE 001364 Universidad Nacional de Jaén; Que, con O fi cio Nº 121-2024-UNJ-P, de fecha 04 de marzo de 2024, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, solicita a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos – Ministerio de Economía y Finanzas, opinión favorable para aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) 2024 de la UE 001364 Universidad Nacional de Jaén, el cual cuenta con Informe de disponibilidad presupuestal favorable, emitido por el Jede de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la entidad; Que, mediante Informe Nº 0280-2024-EF/53.06, de fecha 27 de marzo de 2024, la Directora de la Dirección Técnica y de Registro de Información, comunica a la Directora General de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, opinión favorable respecto a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el Año Fiscal 2024, correspondiente a la Universidad Nacional de Jaén, cuyo costo total anual y proyectado se detalla en el Anexo “Cuadros de Costos”; y con O fi cio Nº 2193-2024-EF/53.06, de fecha 16 de abril de 2024, la Directora General de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, comunica al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, la opinión favorable plasmada en el Informe citado; Que, a través de los documentos del visto, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de abril de 2024, los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, acordaron por unanimidad, aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el Año Fiscal 2024, correspondiente a la Universidad Nacional de Jaén; Que, en uso de las atribuciones conferidas al presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén contenidas en la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de esta Casa Superior de Estudios; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) Año 2024, de la Universidad Nacional de Jaén, documento que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; y en la página web del portal institucional de la Universidad Nacional de Jaén (https://unj.edu.pe/), la resolución y anexo correspondiente. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese.JUAN DE DIOS LARICO PACO Presidente Comisión Organizadora JEAN EBERE CRUZ IGLESIAS Secretario General 2285532-1Autorizan viaje de Coordinadora de la Facultad de Ciencias de la Salud, de la Universidad Nacional de Barranca a EE.UU., en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 353-2024-UNAB Barranca, 3 de mayo de 2024VISTO: El MEMORANDO N° 368-2024-UNAB-CO/P de la Presidencia, OFICIO N° 028-2024-UNAB/CFCS, CARTA DE COMPROMISO y la CAR-ASPEFEEN-230-2024; CONSIDERANDO: Que, el párrafo IV del artículo 18° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4° del Estatuto de la UNAB; Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 158-2023-MINEDU, de fecha 20 de noviembre de 2023, en su artículo 1°.- Se da por concluida la encargatura del señor SERAPIO AGAPITO QUILLOS RUIZ, en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; en su artículo 2°.- Se designa a la señora CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA, en el cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619, “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, establece la regulación de la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; coligiéndose de ello que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 094-2024-UNAB, de fecha 08 de febrero de 2024, se resuelve aprobar la DIRECTIVA PARA LA AUTORIZACIÓN Y RENDICIÓN DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIOS DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA; Que, mediante OFICIO N° 028-2024-UNAB/CFCS, de fecha 29 de marzo de 2024, la Coordinadora de la Facultad de Ciencias de la Salud, pone en conocimiento que la Asociación Peruana de Facultades y Escuelas de Enfermería ASPEFEEN, la invitó en calidad de participante al Programa de Enseñanza de la “Metodología de Simulación Clínica”, en la Universidad de Miami, desde el día 24 de junio al 28 de junio de 2024; asimismo indicar que ASPEFEEN asumirá el costo del 100% del programa, los pasajes de ida y vuelta desde su cuidad de origen, asimismo parte de la alimentación que podría consistir en desayuno y almuerzo; Que, mediante MEMORANDO N° 368-2024-UNAB- CO/P, de fecha 03 de mayo de 2024, la Presidencia de la Comisión Organizadora solicita: