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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 1 de noviembre de 2024 El Peruano / procesos aduaneros, en línea con los estándares internacionales, y de esta manera mejorar la competitividad del país y facilitar un comercio exterior que garantice una cadena logística ágil y segura en el proceso de despacho aduanero; Que la participación de la SUNAT en el mencionado evento se encuentra alineada al cumplimiento de su objetivo estratégico institucional OEI.03 de su Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024 - 2027, consistente en facilitar las operaciones lícitas en el comercio exterior; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus servidores a eventos de esta naturaleza y de conformidad con el informe técnico adjunto al Memorándum N° 000110-2024-SUNAT/300000 del 25 de octubre de 2024, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento del servidor Jyns José Francisco Ordóñez Torres, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; Que la décimo sexta disposición complementaria fi nal de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 establece que, durante dicho año fi scal, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal previstas en la citada ley, no son aplicables para la implementación de lo establecido en la Ley N.º 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT; Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT se aprobaron las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a aplicarse en la SUNAT, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras, y las acciones de promoción de importancia para la República del Perú; Que el numeral 2 de la séptima disposición complementaria fi nal de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, establece que, mediante resolución de superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos serán asumidos por la SUNAT, con cargo a su presupuesto institucional; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, por razones de itinerario y de acuerdo con el detalle de las actividades programadas, corresponde autorizar el viaje del mencionado servidor del 30 de noviembre al 7 de diciembre de 2024; De conformidad con lo dispuesto por la décimo sexta disposición complementaria fi nal de la Ley N° 31953, el numeral 2 de la séptima disposición complementaria fi nal de la Ley N 29816, la Ley N.º 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT y, en uso de la facultad conferida por el literal m) del artículo 10 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023- EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del servidor Jyns José Francisco Ordóñez Torres a la Ciudad del Cabo, República de Sudáfrica, del 30 de noviembre al 7 de diciembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo al presupuesto de la SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle: Jyns José Francisco Ordóñez TorresPasajes (incluye TUUA) US $ 3 517,45 Viáticos US $ 2 400,00Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado servidor deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del servidor cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MEJÍA NINACÓNDOR Superintendente Nacional 2339411-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Designan Jefe de Oficina de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 241-2024- SUNAFIL Lima, 31 de octubre del 2024VISTOS:El Memorándum N° 433-2024-SUNAFIL/GG, de fecha 21 de octubre de 2024, de Gerencia General, el Proveído N° 4551-2024-SUNAFIL/SP, de fecha 29 de octubre de 2024, de Superintendencia; el Informe N° 477-2024-SUNAFIL/GG/ORH, de fecha 30 de octubre de 2024, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 638-2024-SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 30 de octubre de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el artículo 12 y el literal f) del artículo 13 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de con fi anza de la SUNAFIL; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 288-2022-TR, reordenado por Resolución de Gerencia General N° 191-2022-SUNAFIL, N° 304-2023-SUANFIL y actualizado por Resolución Jefatural N° 114-2024- SUNAFIL/GG/ ORH, N° 552-2024-SUNAFIL/GG/ORH, el puesto de Jefe de O fi cina de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, tiene la clasi fi cación de empleado de confi anza; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de Ofi cina de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de