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56 NORMAS LEGALES Viernes 1 de noviembre de 2024 El Peruano / JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Coalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN N° 0300-2024-JNE Expediente N° JNE.2024000900 COALAQUE - GENERAL SÁNCHEZ CERRO -MOQUEGUAVACANCIAAPELACIÓN Lima, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: en audiencia pública virtual del 11 de octubre de 2024, y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Yessica Antonieta Ocsa Calizaya, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Coalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua (en adelante, señora recurrente), en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 012-2024-A/MDC, del 29 de febrero de 2024, que declaró improcedente su recurso de reconsideración formulado en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 005-2024-A/MDC, del 23 de enero de 2024, que, a su vez, aprobó su vacancia, por la causa de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2023002934. Oídos: los informes orales . PRIMERO. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia1.1. El 13 de noviembre de 2023, doña Adaluz Rosalba Rojas Apaza (en adelante, señora ciudadana) presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) su solicitud de vacancia en contra de la señora recurrente por la causa contemplada en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM –solicitud que fue trasladada al Concejo Distrital de Coalaque, a través del Auto N° 2, del 29 de noviembre de 2023, tramitado en el Expediente N° JNE.2023002934–, argumentando esencialmente lo siguiente: a) Don Adrián Alberto Colque Apaza (en adelante, don Adrián Colque) y doña Elva Elizabeth Ocsa Apaza (en adelante, doña Elva Ocsa), cuñado y prima de la señora recurrente, respectivamente, trabajan en la obra: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN CAMPO DEPORTIVO HUARANGAYO […]”, que ejecuta la entidad edil, por administración directa. b) El primer familiar laboró en los siguientes periodos: del 4 al 18 de mayo, del 7 al 31 de agosto y del 1 al 14 de setiembre de 2023. c) El segundo familiar trabajó en el periodo del 1 al 14 de setiembre de 2023. 1.2. A fi n de acreditar los hechos expuestos, adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Copia certi fi cada de denuncia policial, del 13 de setiembre de 2023. b) 2 fotografías. c) 2 fotografías de documentos denominados “CONTROL DE ASISTENCIA”. d) Documento denominado “TAREO PERSONAL OBRERO - MES DE MAYO 2023”.e) Documento denominado “PLANILLA DE SALARIOS - COALAQUE - 2023”. f) Documento denominado “TAREO PERSONAL OBRERO - MES DE AGOSTO 2023”. g) Documento denominado “PLANILLA DE TAREO EVENTUAL DE PERSONAL OBRERO”. h) Documento denominado “TAREO PERSONAL OBRERO - MES DE SETIEMBRE 2023”. i) Documento denominado “PLANILLA DE TAREO EVENTUAL DE PERSONAL OBRERO”. j) Documento denominado “CONSTANCIA DE CONVIVENCIA”, del 26 de octubre de 2023. k) Acta de nacimiento del menor de iniciales AACO. l) Acta de nacimiento del menor de iniciales LACO. m) Acta de nacimiento del menor de iniciales BACO. n) Acta de nacimiento de don Juan Segundo Colque Apaza. o) Acta de nacimiento de don Adrián Colque. p) Acta de nacimiento de la señora recurrente. q) Partida de nacimiento de doña Elva Ocsa. r) Partida de nacimiento de don “Vicente Ferrer Casani”. s) Acta de nacimiento de don Samuel Bernardo Ocsa Casani. t) Certi fi cado de Inscripción expedido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec) de don Juan Segundo Colque Apaza. u) Certi fi cado de Inscripción expedido por el Reniec de don Adrián Colque. v) Certi fi cado de Inscripción expedido por el Reniec de la señora recurrente. w) Certi fi cado de Inscripción expedido por el Reniec de doña Elva Ocsa. x) Certi fi cado de Inscripción expedido por el Reniec de don Vicente Ferrer Ocsa Casani. y) Certi fi cado de Inscripción expedido por el Reniec de don Samuel Bernardo Ocsa Casani. z) Documento denominado “CONSTANCIA DE CONVIVENCIA”, del 10 de noviembre de 2023. Descargo de la autoridad cuestionada1.3. El 19 de enero de 2024, la señora recurrente presentó su escrito de descargos, alegando que: a) No es la encargada de contratar al personal de obra, existe un comité de obra quien se encarga de la contratación del personal. b) Desconocía de dicha contratación; no intervino ni realizó injerencia en la misma. c) El hecho de que don Adrián Colque, doña Elva Ocsa y ella vivan en el mismo anexo de Huarangayo no acredita que ejerció injerencia directa para que los contraten. d) Con don Adrián Colque, “existe una relación de parentesco con mi persona dentro del segundo grado de afi nidad al ser […] hermano del progenitor de mis tres menores hijos”. e) Con doña Elva Ocsa, “existe una relación de parentesco con mi persona dentro del cuarto grado de consanguinidad al ser […] hija del hermano de mi señor padre”. f) “De los medios de prueba presentados por la solicitante de la vacancia se tiene que estos se encontraban laborando en la obra MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA EN CAMPO DEPORTIVO HUARANGAYO […] y esta obra viene siendo ejecutada por la Municipalidad Distrital de Coalaque, por ADMINISTRACIÓN DIRECTA [sic]”. 1.4. A efectos de acreditar los hechos expuestos, la señora recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Documento denominado “Acta de Acuerdos u Organización de Trabajo” b) Informe N° 086-2023-MDC/SGOPDUR-CAEM/RO, del 28 de noviembre de 2023 c) Escrito con sumilla “Interpongo Querella”, del 17 de enero de 2024 d) Documento denominado “INFORME GEOGRAFICO” (sin fecha)