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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (01/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 1 de noviembre de 2024 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de jueces titulares y provisionales de la Corte Suprema de Justicia de la República para participar en un curso que se realizará en la India Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000136-2024 -P-CE-PJ Lima, 31 de octubre del 2024VISTO: El O fi cio N° 001312-2024-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gasto por seguro de viaje de los señores magistrados Ana María Aranda Rodríguez, Elvia Barrios Alvarado, Carlos Giovani Arias Lazarte, Ulises Augusto Yaya Zumaeta, Wilber Bustamante Del Castillo y Ramiro Antonio Bustamante Zegarra, Jueces Supremos titulares; así como a los magistrados Walter Ricardo Cotrina Miñano, Eloy Zamalloa Campero, Enrique Fernando Ramal Barrenechea, Gino Ernesto Yangali Iparraguirre, José Wilfredo Díaz Vallejos, Norma Beatriz Carbajal Chávez, Oswaldo Pis fi l Capuñay, Rosa Liliana Dávila Broncano y Yenny Margot Delgado Aybar, Jueces Supremos provisionales, para que participen en la capacitación que se llevará a cabo en la ciudad Bhopal, Madhya Pradesh, India. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resoluciones Corridas Nros. 000283-2024- P-PJ y 000305-2024-P-PJ emitidas por la Presidencia del Poder Judicial, se autorizó la participación de los señores magistrados Ana María Aranda Rodríguez, Elvia Barrios Alvarado, Carlos Giovani Arias Lazarte, Ulises Augusto Yaya Zumaeta, Wilber Bustamante Del Castillo y Ramiro Antonio Bustamante Zegarra, Jueces Supremos titulares; así como a los magistrados Walter Ricardo Cotrina Miñano, Eloy Zamalloa Campero, Enrique Fernando Ramal Barrenechea, Gino Ernesto Yangali Iparraguirre, José Wilfredo Díaz Vallejos, Norma Beatriz Carbajal Chávez, Oswaldo Pis fi l Capuñay, Rosa Liliana Dávila Broncano y Yenny Margot Delgado Aybar, Jueces Supremos provisionales, en el curso “Human Traffi cking and Citizen Security”, que se realizará del 4 al 8 de noviembre del presente año, en la National Judicial Academy, en la ciudad de Bhopal, Madhya Pradesh, India. Segundo. Que, asimismo, la citada resolución señaló que los costos del curso, pasajes aéreos internacionales y nacionales, alojamiento, estipendio para alimentación/libros y visitas guiadas serán cubiertos por la entidad cooperante; y el Poder Judicial cubrirá los gastos que no serán asumidos por la cooperación internacional. Tercero. Que, asimismo, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante las Resoluciones Corridas N°s. 002082 y 002196-2024-P-CE-PJ, dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial remita el cálculo de gastos que no sean cubiertos por la institución organizadora, para la participación de los citados magistrados en la referida actividad académica; por lo que la Gerencia General del Poder Judicial remite el cálculo de gasto por concepto de seguro de viaje internacional; y hace de conocimiento que la Ofi cina de Cooperación Técnica Internacional del Poder Judicial mediante correo electrónico informó que el itinerario de viaje es del 1 al 10 de noviembre del presente año. Cuarto. Que, resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos; así como intercambiar experiencias e información, con el fi n de mejorar e innovar la administración de justicia que redundará en un mejor servicio que se brinda a la ciudadanía. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando N° 001511-2024-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; y en mérito de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores magistrados Ana María Aranda Rodríguez, Elvia Barrios Alvarado, Carlos Giovani Arias Lazarte, Ulises Augusto Yaya Zumaeta, Wilber Bustamante Del Castillo y Ramiro Antonio Bustamante Zegarra, Jueces titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República; así como a los magistrados Walter Ricardo Cotrina Miñano, Eloy Zamalloa Campero, Enrique Fernando Ramal Barrenechea, Gino Ernesto Yangali Iparraguirre, José Wilfredo Díaz Vallejos, Norma Beatriz Carbajal Chávez, Oswaldo Pis fi l Capuñay, Rosa Liliana Dávila Broncano y Yenny Margot Delgado Aybar, Jueces provisionales de la Corte Suprema de Justicia de la República, del 1 al 10 de noviembre del año en curso, para que participen en el curso “Human Traffi cking and Citizen Security”, que se llevará a cabo en la National Judicial Academy, en la ciudad de Bhopal, Madhya Pradesh, India; concediéndoseles licencia con goce de haber por las referidas fechas. Artículo Segundo.- Los gastos por seguro de viaje estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: - Ana María Aranda Rodríguez US$ 70 dólares americanos. - Elvia Barrios Alvarado US$ 70 dólares americanos.- Carlos Giovani Arias Lazarte US$ 70 dólares americanos.- Ulises Augusto Yaya Zumaeta US$ 70 dólares americanos.- Wilber Bustamante Del Castillo US$ 70 dólares americanos.- Ramiro Antonio Bustamante Zegarra US$ 70 dólares americanos.- Walter Ricardo Cotrina Miñano US$ 70 dólares americanos.- Eloy Zamalloa Campero US$ 70 dólares americanos. - Enrique Fernando Ramal Barrenechea US$ 70 dólares americanos. - Gino Ernesto Yangali Iparraguirre US$ 70 dólares americanos.- José Wilfredo Díaz Vallejos US$ 70 dólares americanos.- Norma Beatriz Carbajal Chávez US$ 70 dólares americanos.- Oswaldo Pisfil Capuñay US$ 70 dólares americanos.- Rosa Liliana Dávila Broncano US$ 70 dólares americanos.- Yenny Margot Delgado Aybar US$ 70 dólares americanos. Artículo Tercero.- Los jueces y juezas supremos participantes presentarán un informe a este despacho, en forma individual en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certi fi cado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográ fi co en físico o digital, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentarán la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior. Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.