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14 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / -Señalización xEn el lugar, luego del desalojo, ya se han instalado hitos de delimitación y paneles de señalización en las zonas más sensibles o más propensas de afectación; sin embargo, debido al tamaño del área comprendida en la propuesta de protección provisional, se requiere delimitar y señalizar otras zonas de la poligonal que se encuentran sin protección. -Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesoriosSe requiere notificar a los presuntos infractores para realizar el retiro de las estructuras instaladas (módulos de vivienda, estructuras con palos y esteras, cercos vivos y otros con palos y alambres, etc) Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la defi nitiva identifi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Vista Alegre, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notifi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2024-DDC ICA-JIC/ MC de fecha 23 de setiembre de 2024, el Informe N° 001210-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000216-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC e Informe Nº 000194-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y los Planos Perimétricos con código PP 01_2024_SGTNP/MC WGS84 y PP 02_2024_SGTNP/MC WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2346225-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01636-2024-DE Lima, 19 de noviembre del 2024 VISTOS: El Ofi cio Extra FAP Nº 003825-2024-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Ofi cio Nº 03556-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 02138-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con Ofi cio Múltiple Nº 00862-2024-MINDEF/VPD el Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa remite a las Instituciones Armadas, la Carta s/n de fecha 4 de octubre de 2024, a través de la cual el Agregado de Defensa a la Embajada Británica en Lima - Perú hace extensiva la invitación para que un (1) Ofi cial del grado de Brigadier General EP / Mayor General FAP / Contralmirante; Coronel EP / Coronel FAP / Capitán de Navío; o Teniente Coronel EP / Comandante FAP / Capitán de Fragata, participe en el curso regional sobre Gestión de la Defensa en el Contexto más Amplio de la Seguridad (MDWSC, por sus siglas en inglés), a llevarse a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 de noviembre al 6 de diciembre de 2024; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 067-DEAJ 2024 la Jefatura de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP Manuel Armando MALDONADO MARÍN, como titular y del Comandante FAP Sadi Piero BERNAL ROBLES, como suplente, para participar en el referido curso, en el lugar y fecha programada; Que, en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Capacitación, Perfeccionamiento de la Fuerza Aérea del Perú se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto le permitirá al personal militar designado mejorar sus conocimientos y sus capacidades analíticas necesarias para mejorar y/o transformar la gobernanza y la gestión de los sistemas de defensa y seguridad, fomentando así los intereses de cooperación en materia de seguridad internacional. Asimismo, permitirá contar con personal competente, elevando la capacidad de planifi cación estratégica de la defensa nacional, así como integrarse activamente al Sistema de Educación de la FAP, a fi n de difundir y aplicar los conocimientos adquiridos al personal de las diferentes escuelas de formación y capacitación, lo cual redundará en benefi cio de la citada Institución Armada y del Estado Peruano; Que, conforme a lo indicado en la Carta s/n de fecha 4 de octubre de 2024 del Agregado de Defensa a la Embajada Británica en Lima – Perú, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte asumirá los gastos correspondientes a la alimentación y alojamiento del participante, y la República del Perú deberá asumir los costos relativos a pasajes aéreos internacionales ida y vuelta, el transporte interno y el seguro médico internacional del participante; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfi ca (US$ 370.00), de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 139 DGVC-ME/SIAF-RP suscrita por el Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y el veinte por ciento (20%) de viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG; asimismo, con las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000003 y Nº 0000000732 emitidas por el Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior;