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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas, que tiene como objetivo establecer de forma secuencial y lógica las actividades de los procesos y procedimientos que forman parte del proceso misional nivel 0 denominado M.03 Gestión de la Información Agraria; Que, a través del Memorando N° 0715-2024-MIDAGRI- DVPSDA/DGESEP, la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas presenta la propuesta de “Lineamiento para el Seguimiento, Evaluación, Gestión de la Evidencia y del Conocimiento del Sector Agrario y de Riego”, sustentada en el Informe N° 71-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGSEP-DSEP de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas, la cual expresa la necesidad de implementar un documento normativo que incorpore la base legal sustantiva actualizada y que articule las funciones de la DSEP, en materia de seguimiento y evaluación, tanto a nivel nacional como regional, coadyuvando a fortalecer la toma de decisiones basada en evidencia y conocimiento, alinear los procedimientos internos de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas con las normativas nacionales, a fi n de mejorar el desempeño de sus funciones, promoviendo la transparencia en la gestión de recursos asignados a las políticas nacionales, planes sectoriales, programas y proyectos especiales, mejorando así la rendición de cuentas ante la ciudadanía y los organismos de control; Que, a través del Memorando N° 572-2024-MIDAGRI- DVPSDA-DGGT-DAII de la Dirección General de Gestión Territorial; el Memorando N° 0920-2024-MIDAGRI-SG/OGTI e Informe N° 0013-2024-MIDAGRI-SG/OGTI-MFSP de la Ofi cina General de Tecnología de la Información; el Memorando N° 2268-2024-MIDAGRI-SG/OGPP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0191-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Ofi cina de Modernización, las referidas unidades de organización emiten opinión favorable al documento denominado “Lineamiento para el Seguimiento, Evaluación, Gestión de la Evidencia y del Conocimiento del Sector Agrario y de Riego”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0187-2022-MIDAGRI, se aprueba la Directiva General, DI N° 001-2022-MIDAGRI/OGPP-OM “Directiva de documentos normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, Versión 01; cuyo objeto es regular la elaboración, evaluación, aprobación, publicación y difusión de documentos normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con la fi nalidad de ordenar su producción y operativizar el funcionamiento del Ministerio, asimismo, el sub numeral 6.10.3 de la Directiva General, establece que los lineamientos, cuyo ámbito de aplicación es sectorial, corresponden ser aprobados mediante Resolución Ministerial; Que, mediante el Informe N° 1298-2024-MIDAGRI- SG/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que la propuesta ha seguido la estructura, el diseño, contenidos en la Directiva General DI N° 001-2022-MIDAGRI/OGPP-OM “Directiva de documentos normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, Versión 01, siendo viable su aprobación mediante resolución ministerial. Asimismo, como consecuencia de la aprobación, corresponde derogar la Resolución Ministerial Nº 0365-2015-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales”, y la Resolución Ministerial N° 0469-2015-MINAGRI que aprueba la Directiva Sectorial N° 002-2015-MINAGRI-DM; Que, con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Secretario General; del Director General de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas; del Director General de la Ofi cina General de Tecnología de la Información; del Director General de la Dirección General de Gestión Territorial; del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI y la Resolución Ministerial Nº 0187-2022-MIDAGRI que aprueba la Directiva General, DI N° 001-2022-MIDAGRI/OGPP-OM “Directiva de documentos normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, Versión 01 y su rectifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Lineamiento Sectorial, LI N° 006-2024-MIDAGRI/DGSEP-DSEP “Lineamiento para el Seguimiento, Evaluación, Gestión de la Evidencia y del Conocimiento del Sector Agrario y de Riego”, Versión 01, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 0365-2015-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos para el Seguimiento, Evaluación del Impacto y Gestión de la Evidencia de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales”, y la Resolución Ministerial N° 0469-2015-MINAGRI que aprueba la Directiva Sectorial N° 002-2015-MINAGRI-DM, denominada “Procedimientos para la Remisión y Consolidación de la Información para el Seguimiento y la Evaluación de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas vinculadas a la materia agraria, objetivos de los Programas y Proyectos Especiales del MINAGRI”. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, a los órganos y unidades orgánicas que conforman el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a sus programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos, así como a las direcciones regionales agrarias o las que hagan sus veces en los gobiernos regionales, para su conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Las acciones de seguimiento y evaluación que se encuentren en proceso de planifi cación, diseño o implementación se adecúan de forma progresiva a lo dispuesto en el Lineamiento aprobado por el Artículo 1. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y en las Sedes Digitales de los programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del MIDAGRI, así como de las direcciones regionales agrarias o las que hagan sus veces en los gobiernos regionales, el mismo día de publicación de la Resolución Ministerial en el diario ofi cial “El Peruano”, para su debido cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2346612-1 Autorizan el ingreso al país de plantas de arándano de origen y procedencia de Chile, a través del Complejo Fronterizo Santa Rosa ubicado en el departamento de Tacna RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº D000040-2024- MIDAGRI-SENASA-DSV La Molina, 19 de noviembre de 2024VISTO:El INFORME N° D000083-2024-MIDAGRI-SENASA- DSV-SCV de fecha 12 de noviembre de 2024, emitido por la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 12 de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1059,