TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / PACHECO y del Comandante FAP CARLOS ALBERTO REY BENAVENTE como suplentes, para participar en la recepción de dos (2) Helicópteros Enstrom 280FX, en el lugar y fechas indicadas; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos suscrita por la Jefatura del Departamento de Planes de la Dirección General de Logística de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal para que participe en la recepción de los citados helicópteros; debido a que les permitirá ser parte del proceso de recepción de una de las compras de mayor envergadura, trazado como estrategia para la modernización de la Fuerza Aérea del Perú; así como, fortalecer los lazos de cooperación comercial con la Compañía PANAMERICAN AVIATION SALES CORP; Que, según lo descrito en la Carta Panam Nº 093- 2024024 del Presidente de la Compañía PANAMERICAN AVIATION SALES CORP, los gastos de pasajes aéreos de ida y vuelta, alojamiento y alimentación, a excepción de transporte local, serán cubiertos por la referida Compañía; por lo que en el presente caso corresponde otorgar viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfi ca (US$ 440), de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 140 DGVC- ME/SIAF-SR suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el inciso b) del artículo 10 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, conforme a la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000003 emitida por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con Ofi cio Extra FAP Nº 003827-2024-SECRE/ FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal para participar en la recepción de dos (2) Helicópteros Enstrom 280FX, a realizarse en las instalaciones de la fábrica de Helicópteros Enstrom, ubicada en la ciudad de Menominee, estado de Michigan, Estados Unidos de América, del 24 al 28 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 23 de noviembre y su retorno el 29 de noviembre de 2024; Que, a través del Ofi cio Nº 03574-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 112-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 02154-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en la recepción de dos (2) Helicópteros Enstrom 280FX, a realizarse en las instalaciones de la fábrica de Helicópteros Enstrom, ubicada en la ciudad de Menominee, estado de Michigan, Estados Unidos de América, del 24 al 28 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 23 de noviembre y su retorno el 29 de noviembre de 2024: Titulares: Teniente General FAP RUBÉN SAMUEL GAMBARINI OÑATHNSA Nº 94600 DNI Nº 43693826Coronel FAP EDWIN ALVARADO TUESTANSA Nº 96446 DNI Nº 43350155 Suplentes: Teniente General FAP VÍCTOR OCTAVIO DÍAZ PACHECO NSA Nº 95236 DNI Nº 43334745Comandante FAP CARLOS ALBERTO REY BENAVENTENSA Nº 96675 DNI Nº 43486337 Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente concepto: Viáticos: (20%) US$ 440.00 x 5 días x 2 personas x 20% US$ 880.00 ---------------------Total a pagar: US$ 880.00 Artículo 4.- Los gastos de pasajes aéreos internacionales, alojamiento y alimentación serán cubiertos por la Compañía PANAMERICAN AVIATION SALES CORP. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal militar más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, efectuarán la sustentación de viáticos conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modifi catoria. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2346282-1