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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Viernes 29 de noviembre de 2024 El Peruano / y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP, serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, el artículo 3° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el subsistema de organización del trabajo y su distribución define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, considerándose dentro de este subsistema los siguientes procesos: a) Diseño de los puestos, y, b) Administración de puestos; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que conforme a lo dispuesto en la resolución que la aprueba, debe ser acatada por las entidades de la administración pública de los tres (3) niveles de gobierno, sujetándose a los plazos contenidos en esta para la elaboración y/o adecuación de su Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), y para la formulación de su propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional); Que, el literal b) del numeral 5.1 del acápite 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH, de fi ne al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace, junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 5.4 de la directiva mencionada establece el procedimiento a seguirse ante SERVIR a fi n que las entidades remitan sus expedientes (físicos o virtuales) conteniendo la propuesta de CAP Provisional para opinión técnica de SERVIR, la misma que de conformidad con el sub numeral 5.4.7 del mencionado numeral, una vez sea aprobada, se constituye en un documento de gestión de carácter temporal en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, razón por la que no puede ser empleado para la creación de órganos o unidades orgánicas, o la modi fi cación de sus denominaciones, en tanto dicha acción es regulada en la normativa establecida por el ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, y normativa vinculada, debiendo re fl ejar la estructura dispuesta en materia de órganos y unidades orgánicas en el ROF o el MOP, según corresponda, vigente de la entidad; Que, el numeral 6.2 de la mencionada directiva, establece los supuestos para la elaboración del CAP Provisional; siendo que el supuesto contemplado en el sub numeral 6.2.1.1 dispone que aquellas entidades públicas que, a través de una norma sustantiva, vean incrementadas o reducidas sus competencias y/o funciones y requieren la creación o reducción de cargos vinculados a la implementación, o no, de dichas competencias y/o funciones, pueden elaborar sus CAPs Provisionales tomando en cuenta los criterios establecidos en el sub numeral 6.2.2 de la citada directiva; Que, el numeral 6.3.1.8 de la mencionada directiva, dispone que la aprobaban del Cuadro de Asignación del Personal Provisional-CAP PROVISIONAL, en el caso de los gobiernos locales, se aprueba por Ordenanza Municipal; Que, mediante O fi cio N° 000747-2024-SERVIR- PE recepcionado con fecha 24 de octubre del 2024, la Autoridad del Servicio Civil, remite el Informe Técnico N° 000303-2024-SERVIR-GDSRH conteniendo la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos respecto de la propuesta de CAP Provisional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; Que, con Informe Nº 428-2024-URRHH-OAF/MDPH la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos da cuenta que contando con la opinión favorable de SERVIR debe procederse a la aprobación del CUADRO PARA ASIGNACIÓN DEL PERSONAL PROVISIONAL (CAP PROVISIONAL) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA, mediante Ordenanza Municipal, conforme a lo dispuesto en el Art 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-20221-SERVIR-GDSRH; Que mediante, Memorando Nº 478-2024-GM/ MDPH la Gerencia Municipal emite lo actuados a la Ofi cina de Asesoría Jurídica. Asimismo, con Informe N° 221-2024-OAJ-MDPH de fecha 06 de Noviembre del 2024 la jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto al CUADRO PARA ASIGNACIÓN DEL PERSONAL PROVISIONAL (CAP PROVISIONAL) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA elaborado por Unidad de Recursos Humanos, debiendo ponerse a consideración del Concejo Municipal, para su correspondiente aprobación mediante Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA LA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP PROVISIONAL) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA. Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP PROVISIONAL) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER hasta el 31 de diciembre de 2026, el plazo de adecuación e implementación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa aprobado por la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Unidad de Recursos Humanos o la que haga sus veces, así como a las demás unidades orgánicas pertinentes, conforme al ámbito de sus competencias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad Funcional de Tecnología de la Información dependiente de la Gerencia Municipal, la publicación de la Ordenanza y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Artículo Quinto.- DEROGAR la ORDENANZA N° 042-2004-MDPH, de fecha 18 de marzo del 2004, que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 2346129-1