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52 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de octubre de 2024 El Peruano / Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-09-2024/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de setiembre de 2024, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de setiembre de 2024, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación: -------------------------------------------------------------------------------------------- ÍNDICE SETIEMBRE 2024 CÓDIGO -------------------------------------------------------------------------------------------- 30 691,40 34 664,46 39 570,11 47 762,77 49 442,91 53 1109,35 -------------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese y comuníquese. PETER ABAD ALTAMIRANO Jefe (e) 2330673-1 Aprueban Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicio de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2023 a mayo de 2024 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 234-2024- INEI Lima, 1 de octubre de 2024Visto el O fi cio Nº 000683-2024-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática. CONSIDERANDO: Que, la Novena y Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, declara en desactivación y disolución el Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO), trans fi riendo al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Resolución N° 033-90-VC-9200 de fecha 26 de Julio de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción - CREPCO, creó el Factor de Liquidación “F” y aprobó la fórmula del cálculo de reintegro por concepto de pago de Compensación por Tiempo de Servicios, disponiendo que cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios, deberá publicarse dicho factor de Liquidación; Que, con fecha 6 de setiembre de 2024 se publicó en el diario o fi cial “El Peruano”, la Resolución Ministerial Nº 139-2024-TR, del 5 de setiembre de 2024, que resuelve publicar el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024 - 2025”, suscrito en trato directo con fecha 21 de agosto de 2024, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP); Que, en el primer acuerdo de la Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024-2025, señalan que, a partir del 1 de junio de 2024 y a partir del 1 de junio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 los trabajadores de construcción civil del ámbito nacional recibirán un aumento general sobre su Jornal Básico diario, según categorías; Que, mediante documento del visto, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del INEI, solicita la aprobación del Factor de Liquidación “F” correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2023 a mayo de 2024, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción del INEI, tal como se desprende del Informe Nº 01-09-2024-INEI/DTIE; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicio de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográ fi cas, correspondiente a los meses comprendidos de junio de 2023 a mayo de 2024, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio 2024, en la forma siguiente: --------------------------------------------------------------------------------------------- MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN “F” JUNIO 2023 - MAYO 2024 -------------------------------------------------------------------------------------------- Junio 2023 1,11Julio 2023 1,11 Agosto 2023 1,11 Setiembre 2023 1,11Octubre 2023 1,11Noviembre 2023 1,11Diciembre 2023 1,11Enero 2024 1,11Febrero 2024 1,11Marzo 2024 1,11Abril 2024 1,11Mayo 2024 1,11 -------------------------------------------------------------------------------------------- Artículo 2.- Los Factores de Liquidación “F” aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución N° 033-90-VC-9200, donde “F” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización. Artículo 3.- Los Factores de Liquidación “F”, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “F” anterior. Regístrese y comuníquese.PETER ABAD ALTAMIRANO Jefe (e) 2330673-2