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61 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de octubre de 2024 El Peruano / comisión de servicios, al Dr. Wilson Manuel Castro Silupu, Responsable del Proyecto “ SISTEMA PROTOTIPO DE DETERMINACIÓN DE CALIDAD DE TAZA DE CAFÉ: ESTUDIO DE TÉCNICAS DEEP LEARNING”, para participar en CIBIA XIV Congreso Iberoamericano de Ingeniería de Alimentos, en Quito - Ecuador, del 05 al 12 de octubre de 2024. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria – Ley Nº 30220 y por la Resolución Viceministerial N° 045-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 064-2024-MINEDU y Acta de Acuerdos de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora N° 065-2024-SO-CO, de fecha 05 de setiembre del 2024. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, en comisión de servicios, al Dr. Wilson Manuel Castro Silupu, Responsable del Proyecto “SISTEMA PROTOTIPO DE DETERMINACIÓN DE CALIDAD DE TAZA DE CAFÉ: ESTUDIO DE TÉCNICAS DEEP LEARNING”, para participar en CIBIA XIV Congreso Iberoamericano de Ingeniería de Alimentos, en Quito - Ecuador, del 05 al 12 de octubre de 2024. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para el profesional citado en el artículo primero, de conformidad con la Directiva N° 003-2019-UNF “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento y Rendición de Cuentas de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicio al Exterior del País”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a las instancias académicas y administrativas pertinentes, a través de los mecanismos más adecuados y pertinentes, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y ejecútese. JOSE FLORENTINO MOLERO LOPEZ Presidente de la Comisión Organizadora JORGE ROMULO GALLOSO TORRES Secretario General 2325508-1 Autorizan viaje de autoridades de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno a España, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2642-2024 -R-UNA Puno, 24 de setiembre del 2024 VISTOS:El MEMORANDUM Nº 1063-2024-SG-UNA-PUNO (24-09-2024) de Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Ordinario del 20 de setiembre del 2024 (Continuación del 16-09-2024), referido a autorizar el viaje a MADRID – ESPAÑA, a partir del 01 al 07 de octubre del 2024; a favor de Autoridades Universitarias (Rector y Vicerrector de Investigación) y Jefe de la O fi cina de Gestión de Calidad quien es Docente de la Escuela Profesional de Educación Inicial de la Facultad de Ciencias de la Educación de la UNA-Puno; para participar en el Programa de “LIDERAZGO Y GOBERNANZA UNIVERSITARIA SOSTENIBLE. CAMINO HACIA LA AGENDA 2030”, conforme al Plan de Trabajo adjunto; CONSIDERANDO:Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93º del Estatuto Universitario, aprobado con RAU Nº 008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; consiguientemente, el numeral 212.7 del artículo 212º del citado cuerpo normativo, prescribe como derecho del docente, el de tener licencia con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario; Que, obra en autos, el Plan de Trabajo denominado: Participación en el Programa de “LIDERAZGO Y GOBERNANZA UNIVERSITARIA SOSTENIBLE. CAMINO HACIA LA AGENDA 2030”, cuya fi nalidad es desarrollar capacidades en el equipo de trabajo de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, para apoyar su proceso de transformación sostenible encaminada a lograr la promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y así cumplir con la agenda 2030; se asigna como responsables al: Dr. Paulino Machaca Ari, Rector UNA Puno, Dr. Ariel Velazco Cárdenas, Vicerrector de Investigación UNA Puno, Dra. Eliana Mazuelos Chávez, Jefe de la O fi cina de Gestión de la Calidad; Que, ahora bien, con la Resolución de Decanato Nº 0741-2024-D-FCEDUC-UNA, la Facultad de Ciencias de la Educación; propone ante la instancia superior, autorizar la licencia a favor de la Dra. ELIANA MAZUELOS CHÁVEZ, Docente Principal a D.E., adscrita a la Escuela