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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (12/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Sábado 12 de octubre de 2024 El Peruano / del Callao, que conforme al Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a las demás Unidades Orgánicas y Unidades Ejecutoras del Pliego Gobierno Regional del Callao, el cumplimiento obligatorio de la presente Ordenanza Regional. Artículo 3°.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación regional, la misma que entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Artículo 4°.- ENCARGAR, a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Institucional. Artículo 5°.- ENCARGAR, a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, noti fi car la presente Ordenanza Regional, a las Unidades Orgánicas y Unidades Ejecutoras del Pliego del Gobierno Regional del Callao, para su conocimiento y fi nes pertinentes. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.CIRO RONALD CASTILLO ROJO SALAS Gobernador Nota: El Gobierno Regional del Callao precisa que el Anexo de la Ordenanza Regional N° 007 (16/09/2024) se visualizará en la siguiente página web: https://transparencia.gob.pe/enlaces/pte_transparencia_ enlaces.aspx?id_entidad=180&id_tema=1&ver=D#. YgaWsd_MKUn 2333003-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Aprueban Ordenanza Regional que promueve la Incorporación del Enfoque Intercultural, la Promoción de la Diversidad Cultural para la Prevención y Sanción del Racismo y la Discriminación Étnico Racial y la promoción de derechos del pueblo Afroperuano en el Departamento de Tumbes ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2024/GOB.REG. TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBESHA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTOEl Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680; Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modi fi catorias y demás normas complementarias. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por el Artículo Único de la Ley N.º 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título V sobre descentralización; en concordancia con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado, y al servicio del ciudadano; Que, de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo 8º establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, mediante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su artículo 15º literal a) establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y en su artículo 8º numeral 6), señala: “La política y la gestión regional se rigen con criterios de efi ciencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos”; Que, mediante el Informe Nº 142-2024/GOB. REG. TUMBES-GGR-ORAJ, del 22 de febrero del 2024, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica – Abog. José Manuel Suarez, alcanzo al Gerente Regional de Desarrollo Social – Mg. Lic. Manuel Edgardo Acosta Aldana, el Informe Legal sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que promueve la Incorporación del Enfoque Intercultural, la Promoción de la Diversidad Cultural para la Prevención y Sanción del Racismo y la Discriminación Étnico Racial y la promoción de derechos del pueblo Afroperuano en el Departamento de Tumbes, en el cual opina lo siguiente: PRIMERO.- ES VIABLE, que el expediente administrativo sea remitido al Consejo Regional, con la fi nalidad que se proceda a la evaluación del “PROYECTO DE ORDENANZA REGIONAL QUE PROMUEBE LA INCORPORACIÓN DEL ENFOQUE INTERCULTURAL, LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL RACISMO, LA DISCRIMINACIÓN ÉTNICO RACIAL Y LA PROMOCIÓN DE DERECHOS DEL PUEBLO AFROPERUANO EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES”, en virtud a los informes técnicos sustentados por las áreas dependientes Gerencia Regional de Desarrollo Social: y. la citada Gerencia; asimismo, en virtud a los fundamentos jurídicos establecidos en el presente informe; Que, mediante O fi cio Nº 452-2024/GOB. REG. TUMBES/GR-GGR-GRDS, del 03 de junio del 2024, el Gerente Regional de Desarrollo Social – Mg. Lic. Manuel Edgardo Acosta Aldana traslado al responsable de la Dirección Desconcertada de Cultura – DDC Tumbes – Rafael Diaz Montalvo la nueva versión de redacción de aspecto Presupuestal en Proyecto de Ordenanza Regional Afroperuana, manifestando que la nueva propuesta de redacción reemplazaría al ARTICULO SEGUNDO, de la DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL del proyecto de Ordenanza Regional con enfoque intercultural, para fi nes de promoción de los derechos de la población afroperuana en Tumbes; en el siguiente detalle: LA VERSION ACTUAL DICE: “ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la asignación presupuestal correspondiente para la implementación de la presente Ordenanza Regional”. LA PROPUESTA PRECISA: “ESTABLECER que cualquier gasto que emane de la ejecución de la presente Ordenanza Regional, se solventara, siempre que exista la disponibilidad presupuestal por cualquiera de las partes suscribientes”. Asimismo, solicita que su representada exprese su conformidad de la misma, a fi n de poder continuar con el trámite correspondiente;