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79 NORMAS LEGALES Sábado 12 de octubre de 2024 El Peruano / 10.2 En todos los parques, plazas u otros espacios públicos de alta circulación, se debe colocar un letrero que indique: “TUMBES, REGIÓN CON DIVERSIDAD CULTURAL AFROPERUANO, LIBRE DE RACISMO Y DISCRIMINACIÓN ÉTNICO - RACIAL”. 10.3. El cartel contiene como mínimo una dimensión aproximada de 25 x 40 centímetros, con borde, fondo blanco, letras de tamaño y color visible. Además, consigna el número de la presente Ordenanza. Asimismo, se deberá colocar un cartel adicional en las lenguas indígenas u originarias predominantes en la región. Artículo 11.- Acciones de promoción de la diversidad cultural y la eliminación de la discriminación étnico-racial El Gobierno Regional de Tumbes, mediante sus distintas gerencias, realiza las siguientes acciones: a) Convocar a líderes, lideresas e instituciones de las diversas zonas de la región y titulares de medios de comunicación para crear una estrategia que visibilice la problemática del racismo y la discriminación étnico-racial, y le permita a la comunidad tener una visión a mediano y largo plazo en pro de la erradicación de toda forma de discriminación. b) Incentivar que cada institución pública o privada implemente acciones que contribuyan a eliminar el racismo y la discriminación étnico-racial en sus ámbitos de acción. c) Sensibilizar, con la asistencia técnica del Ministerio de Cultura, a los gremios empresariales, comunitarios, organizaciones de la sociedad civil, juntas vecinales, líderes de pueblos indígenas u originarios y del pueblo afroperuano, entre otros. d) Impulsar, en coordinación con el Ministerio de Educación, que todas las instituciones de los diversos niveles educativos cuenten con una estrategia para eliminar actitudes y conductas racistas o discriminatorias. e) Realizar un Foro Anual sobre la valoración positiva de la diversidad cultural y la eliminación del racismo y la discriminación étnico-racial, para sensibilizar a la población y reducir los prejuicios racistas. f) Realizar, una vez al año como mínimo, una campaña mediática contra la discriminación; programación de charlas informativas sobre esa problemática dirigido a actores, gremios empresariales, comunitarios, organizaciones de la sociedad civil, juntas vecinales, líderes de pueblos indígenas u originarios y del pueblo afroperuano e instituciones públicas y privadas de la región. g) Difundir los diversos saberes, conocimientos, tradiciones y festividades relacionados a la diversidad cultural existente en la región. Artículo 12. - El reconocimiento de buenas prácticas de instituciones públicas, privadas y sociales El Gobierno Regional de Tumbes reconoce las buenas prácticas de prevención y eliminación de toda forma de discriminación, especialmente de la discriminación étnico-racial y de incorporación del enfoque intercultural en las instituciones públicas y privadas del Gobierno Regional de Tumbes. Lo hace en acto público y las difunde para promover su implementación por otras entidades. Artículo 13. - Formulación de denuncias La/s persona/s que fuese/n víctima/s de discriminación étnico-racial por parte de servidores/as o funcionarios del Gobierno Regional puede/n presentar denuncias a través de “Buzones de Denuncias”, ubicados en lugares visibles del Gobierno Regional y sus establecimientos descentralizados. Asimismo, puede/n presentar sus denuncias de forma oral o por medio de una carta simple ante mesa de partes del gobierno regional. Las denuncias son registradas por la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo Central o la que haga sus veces, y derivadas a la unidad regional correspondiente, a fi n de que se investigue el caso y, de con fi rmarse los hechos, se apliquen las sanciones correspondientes.Artículo 14.- Sanciones administrativas a servidores y/o funcionarios de la del Gobierno Regional 14.1. Los/as servidores/as y/o funcionarios del Gobierno Regional de Tumbes que cometan actos de discriminación, independientemente del régimen laboral al que se encuentre/n adscrito/s, son sancionado/s administrativamente, conforme a Ley. 14.2. La sanción a los/as servidores/as públicos se impone, previo procedimiento administrativo disciplinario, a través de la Secretaría Técnica del Gobierno Regional conforme a lo dispuesto en el inciso m) del artículo 85 de la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil y al Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la región. Aquello sin perjuicio de que queda expedita la posibilidad de que se interponga una denuncia por discriminación en la vía judicial, considerando además que el artículo 323 del Código Penal contempla un agravante de producirse actos de discriminación en calidad de servidor civil. CAPÍTULO IV PROMOCIÓN DE DERECHOS DEL PUEBLO AFROPERUANO Artículo 15.- Sobre la promoción de derechos del pueblo afroperuano en la región de Tumbes El Gobierno Regional de Tumbes, mediante sus distintas gerencias, impulsa el reconocimiento de los derechos económicos, sociales, políticos y culturales del pueblo afroperuano, a través de acciones a mediano y largo plazo con énfasis en la Política Nacional del Pueblo Afroperuano al 2030. Artículo 16.- Acciones de promoción de la reducción de la discriminación al pueblo afroperuano El Gobierno Regional de Tumbes reconoce la importancia de promover acciones que reduzcan la incidencia de casos de discriminación al pueblo afroperuano a través de las siguientes acciones: a) Generar mecanismos para la gestión de la información estadística sobre la situación económica, social, política y cultural del pueblo afroperuano en el ámbito de la región. b) Institucionalizar mediante normas, instrumentos de gestión y otros documentos o fi ciales de alcance regional, la valoración del esfuerzo y lucha del pueblo afroperuano en la construcción de la identidad nacional, así como el compromiso de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos e igualdad de oportunidades. c) Desarrollar mecanismos para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia hacia niñas, niños, adolescentes y mujeres afroperuanas, incluyendo la reducción de estereotipos de género y racismo. Artículo 17.- Acciones para promover la mejora de las condiciones sociales para el desarrollo del pueblo afroperuano El Gobierno Regional de Tumbes impulsa diversas iniciativas orientadas a fortalecer las condiciones sociales para el desarrollo del pueblo afroperuano. Estas acciones se centran en lo siguiente: a) Diseñar y ejecutar estrategias que fomenten la inclusión social de las personas afroperuanas que se encuentran en situación de exclusión y vulnerabilidad en la región, con la fi nalidad de garantizar que el pueblo afroperuano tenga acceso equitativo a oportunidades y recursos. b) Fomentar la difusión y valoración de los conocimientos tradicionales, expresiones culturales, saberes y demás manifestaciones que constituyen el patrimonio cultural materia e inmaterial del pueblo afroperuano, a fi n de preservar y enriquecer la diversidad cultural, reconociendo la importancia de la herencia afroperuana en la identidad regional y nacional. c) Potenciar las capacidades institucionales de las entidades públicas en la región de Tumbes para mejorar