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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (17/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 17 de octubre de 2024 El Peruano / que fi nancian el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que la designación de las Sociedades de Auditoría se efectúa previo concurso público de méritos, y son contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Que, conforme al mencionado dispositivo legal, las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría (SOA), previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del jefe de la O fi cina de Administración y del jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el precitado artículo dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisándose que la resolución del Titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo. Según el tarifario (Anexo N° 1 de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG), el monto por concepto de retribución económica más IGV, es de S/ 1’484,534.00 (Un millón cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y cuatro con 00/100 soles); Que, con el O fi cio N° 001595-2024- CG/GRECE, el gerente de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental (e) de la Contraloría General de la República comunica a la jefatura de la O fi cina de Administración que en atención a lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, así como en la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG que aprobó el tarifario que estableció el monto de la retribución económica (incluido el Impuesto General a las Ventas), la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos debe transferir a esa Entidad Fiscalizadora Superior la retribución económica para la contratación y pago de la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2024. De igual manera, precisa que la referida transferencia fi nanciera se debe realizar a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, con RUC N° 20603348541; Que, con el Memorándum N° 1576-2024-SUNARP/ OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica la aprobación del Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 587 por el monto de S/ 742,267.00, para la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, correspondiente al 50% de la retribución económica por la contratación de Sociedad de Auditoría del período 2024. Asimismo, señala que en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001 SUNARP Sede Central, se considerará la previsión presupuestaria, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo a lo siguiente: en la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para el año 2025, el monto de S/ 742,267.00; Que, con Informe Técnico N° 080-2024-SUNARP/ OA, la O fi cina Administración concluye que, a efectos de atender la solicitud de la Contraloría General de la República, realizada mediante O fi cio N° 001595-2024- CG/GRECE, el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, previo informe legal, debe emitir el acto resolutivo que autorice la citada transferencia fi nanciera a favor de la referida entidad, conforme al Detalle de Certi fi cación N° 587 y la previsión presupuestaria 2025, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, a través del Memorándum N° 1638-2024-SUNARP/ OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización adjunta y hace suyo el Informe Técnico N° 061-2024-SUNARP/OPPM/UP por el que emite opinión favorable en materia presupuestaria, para que se apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades de la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 742,267,00, en la Especí fi ca de Gasto 2.4.13.11 A otras Unidades del Gobierno Nacional, para la Auditoría Financiera Gubernamental 2024, según el detalle del numeral 3.3 del indicado informe; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional (en el presente caso, de la Sunarp); razón por la cual, corresponde que el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades de la Contraloría General de la República, sea materializado a través de una Resolución de la Superintendencia Nacional, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Sunarp, actualizado por Resolución N° 125-2024-SUNARP/SN, que establece que el Superintendente Nacional es la más alta autoridad jerárquica y ejerce la titularidad del pliego presupuestal y representación institucional; Que, mediante el Informe N° 1046-2024-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades de la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el cual deberá materializarse a través de una resolución de la Superintendencia Nacional que será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias, y el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por Resolución N° 125-2024-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, O fi cina de Administración, O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2024, del Pliego 067: