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56 NORMAS LEGALES Jueves 17 de octubre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Primero. Reconformación de la Quinta Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad en Temas de Mercado. 1.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000650-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 14 de octubre del 2024, se designó al recurrente en su condición de Juez Superior Decano como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien hasta el momento se desempeñó como integrante de la Quinta Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad en Temas de Mercado. 1.2. En este contexto, con la fi nalidad que dicha designación no afecte la conformación de la referida Sala Superior, materializado en la paralización de las funciones por falta de Colegiado resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas necesarias, a efectos de velar por su correcto y normal funcionamiento, en aras de una continua y e fi ciente administración de justicia en bene fi cio del justiciable, motivo por el cual debe designarse a un/a Juez/a Especializado/a Titular de este Distrito Judicial en el cargo de Juez/a Superior Provisional, observándose los principios rectores como la meritocracia, antigüedad y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial – Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial 1.3. Dicho esto, se ha decidido designar al magistrado William Auris Gutiérrez en su condición de Juez Especializado Titular del Vigésimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Tributario, Aduanero y Mercado, como Juez Superior Provisional de la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado. Segundo. Designación del/la Juez/a Titular de Paz Letrado como Juez Provisional del Vigésimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Tributario, Aduanero y Mercado. En mérito a la promoción del magistrado William Auris Gutiérrez como Juez Superior Provisional, con la fi nalidad de no afectar el despacho del Vigésimo Sexto Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Tributario, Aduanero y Mercado, debe designarse a un/a Juez/a de Paz Letrado Titular del grado inmediato anterior al cargo en sintonía con los principios rectores como la antigüedad, meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial – Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; consideraciones por las cuales, se ha decidido designar al magistrado Hugo Renato Palacios Boza en su condición de Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Miguel, como Juez Provisional. Tercero. Declinación del magistrado Simeón Amilcar Palomino Santillana en su condición de Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San Miguel. Mediante Resolución Administrativa N° 000167-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 29 de marzo del 2023, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, designó al abogado Simeón Amilcar Palomino Santillana, como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San Miguel. Por correo electrónico de fecha 1 de octubre del 2024, el referido magistrado declina al cargo de Juez Supernumerario, consideraciones por las cuales, corresponde a este despacho aceptar la declinación, dándose concluida su designación; por otro lado, a efectos de no interrumpir las funciones jurisdiccionales del mencionado despacho, debe designarse al/la Juez/a Supernumerario/a correspondiente. Cuarto. Licencia por salud de la magistrada Elvira Sánchez Bardales en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Octavo Juzgado de Trabajo de Lima. La Coordinación de Magistrados pone de conocimiento de esta Presidencia la licencia por salud de la magistrada Elvira Sánchez Bardales desde el 30 de setiembre al 29 de octubre del año en curso, quien se desempeña como Jueza Especializada Titular del Décimo Octavo Juzgado de Trabajo de Lima; por lo que, con la fi nalidad de no interrumpir las funciones jurisdiccionales del mencionado despacho, debe designarse al Juez/a de Paz Letrado Titular inmediato anterior al cargo, o en su defecto al/la Jueza/ Supernumeraria/a. Quinto. Designación del/a Juez/a del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San Miguel y Décimo Octavo Juzgado de Trabajo de Lima. 5.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000280-2024-CE-PJ de fecha 29 de agosto del 2024, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso en uno de sus extremos que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, se procederá en el siguiente orden: “ 2.1. Se designará al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional. 2.2. Ante la falta de ellos, se procederá a convocar al juez/a supernumerario/a de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia. 2.3. En su defecto, a los abogados/as inscritos/as en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces/zas supernumerarios/as de la Corte Superior. 2.4 En defecto de los anteriores, se prorroga la delegación a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 31 de diciembre de 2024, la facultad de designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial, o de otros Distritos Judiciales ante la falta de aquellos, como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos…”. 5.2. En cuanto al numeral 2.1., en relación a la designación del/la Juez/a del Juzgado de Paz Letrado Transitorio y Primer Juzgado de Paz Letrado San Miguel, no existiendo un/a Juez/a Titular inmediato anterior al cargo, resulta ino fi cioso emitir mayor pronunciamiento. Respecto al/la Juez/a del Décimo Octavo Juzgado de Trabajo de Lima, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolución administrativa, esta Presidencia procedió a la evaluación de los Jueces de Paz Letrados Titulares que a la fecha se encuentran pendientes de ser promovidos a la instancia superior, que cumplan con los estándares de producción jurisdiccional, así como con los requisitos exigidos por la Ley de la Carrera Judicial. Al respecto, en estricto orden de antigüedad y meritocracia, los/las magistrados/as consultados/as por la Coordinación de Magistrados, manifestaron su decisión de no ser promovidos como Jueces/zas Provisionales, debido al corto plazo de designación. Por otro lado, en relación al numeral 2.2., del registro de abogados aptos elaborado por la Junta Nacional de Justicia y aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ de fecha 10 de febrero del 2023, en el Distrito Judicial de Lima, no se encuentra contemplado el nivel de Paz Letrado, asimismo, la abogada Rocío Liliana Munayco Medina, manifestó su decisión de no ser designada como Jueza Supernumeraria de Trabajo, toda vez que se encuentra laborando en la Corte Superior de Justicia de Ica. 5.3. En cuanto al numeral 2.3., la Gerencia de Administración Distrital mediante O fi cio N° 001060-2024-GAD-CSJLI-PJ, remitió la relación de abogados/as aptos/as inscritos/as en Registro Distrital de Jueces/zas Supernumerarios/as que se encuentran pendientes de ser designados/as como tales. La Coordinación de Magistrados se comunicó en estricto orden de méritos con los/as referidos/as abogados/as conforme al listado que se adjunta a la presente resolución, quienes por diferentes razones no aceptaron la propuesta de designación. En este sentido, los abogados inscritos en las nóminas aprobadas por Resoluciones Administrativas N° 000123, 179-2022-P-CSJLI-PJ y 000433-2024-P-CSJLI-PJ, aceptaron ser designados en los siguientes órganos jurisdiccionales: