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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (17/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 17 de octubre de 2024 El Peruano / Universidad Nacional de Piura, le comunica a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que se ha dado inicio a la movilidad docente correspondiente al II Semestre 2024, modalidad Saliente de la UNP, a las diferentes universidades con las cuales tenemos convenio. En merito a la convocatoria realizada han sido aceptados los siguientes docentes (entre ellos la Dra. REGINA JIMENEZ CHINGA…) Asimismo, señala que en merito a la Resolución Rectoral N° 0151-R-2024 modi fi cada con Resolución Rectoral N° 0688-R-2024 de la referencia se aprobó un presupuesto de movilidad estudiantil y docente para el año 2024, por el importe de Un millón setecientos cincuenta y cinco mil con 00/100 soles (S/. 1’755,000.00). De este presupuesto el importe de S/. 305,000.00 corresponde a gastos de movilidad docente. Por tanto, solicita se otorgue las facilidades del caso para que el docente pueda asistir al evento; Que, a través del Informe N° 1405-2024-UP- OPYPTO-UNP del 14.Oct.2024, suscrito por la Mg. Yurly M. Barco Córdova, Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Dr. Ernesto Quezada Poicón, Jefe de la Unidad de Presupuesto se otorga cobertura presupuestal para la atención de lo solicitado, de acuerdo al siguiente detalle: RUBRO DE FINANCIAMIENTO00: RECURSOS ORDINARIOS SECCIÓN FUNCIONAL0018 SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS GENÉRICA DE GASTO2.3. BIENES Y SERVICIOS CLASIFICADOR2.3.2.1.1.1 $897.11$463.67 ida y vuelta $433.44=$897.11*tc. 3.77 = S/. 3,382.10S/. 3,382.10 2.3.2.1.1.2$370.00* 6días$2,220 * tc. 3.77 = S/. 8,369.40 S/. 8,369.40 2.3.2.1.2.1 $263.50$166.07 ida y vuelta $97.43=$263.50*tc.3.77S/.993.40S/. 993.40 MONTO TOTAL S/. 12,744.90 CERTIFICADO 0054 RESOLUCIÓN RECTORAL N°0688-R-2024 (28.08.2024) Que, con O fi cio N° 2360-2024/R-UNP-2024 el señor Rector (e) de la Universidad Nacional de Piura, solicita incluir en agenda de Sesión de Consejo Universitario, el presente expediente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 174° numeral 174.15 y 174.18 del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, que prescribe dentro de las atribuciones del Consejo Universitario, la siguiente: “174.15 Conceder o rati fi car licencias de autoridades, docentes y personal no docente, por más de tres (03) meses, previo acuerdo favorable del Consejo de Facultades, cuando sea el caso.”, y “174.18 Autorizar los viajes fuera del país en Comisión de Servicio del Rector, Vicerrectores, Decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente.” mediante Sesión Extraordinaria N° 26 del 14.Oct.2024, el Consejo Universitario aprobó declarar procedente lo solicitado; Que, la presente Resolución se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (…), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, de conformidad con el artículo 175º inciso 3) del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, “El Rector es el representante legal de la Universidad y ejerce el gobierno de la misma (…).” Señalando dentro de sus funciones, “inciso 3) Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera (…)”; Que, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria N° 26 del 14.Oct.2024 y a lo dispuesto por el señor Rector (e), en uso de sus atribuciones legales, con visto del Decanato de la Facultad de Ciencias Administrativas, Unidad de Recursos Humanos, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina Central de Asesoría Jurídica y Secretaria General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- RATIFICAR, el Acuerdo tomado en Sesión Ordinaria de Consejo de Facultad de Ciencias Administrativas del 26.Set.2024, que a la letra dice: “ARTICULO ÚNICO.- RATIFICAR, el acuerdo de sesión extraordinaria de fecha 17 de setiembre de 2024 del Departamento Académico de Administración General de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Nacional de Piura, en el cual aprueban la Licencia con Goce de Haber de la Dra. REGINA JIMÉNEZ CHINGA, del viernes 18 de octubre al lunes 03 de noviembre de 2024, para realizar una pasantía internacional en la Universidad de Cundinamarca - Colombia. Asimismo, se aprueba tramitar apoyo económico que le permita cubrir gastos para participar en las diversas actividades académicas, pasajes y viáticos, adquisición de un seguro médico.” Artículo 2°.- AUTORIZAR EL VIAJE AL EXTERIOR de la Dra. REGINA JIMENEZ CHINGA, Docente de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Nacional de Piura, para que realice una pasantía internacional en la Universidad de Cundinamarca - Colombia, a partir del 18 de octubre de 2024 al 3 de noviembre del 2024. Artículo 3°.- OTORGAR LICENCIA CON GOCE DE HABER, del 18 de octubre de 2024 al 03 de noviembre del 2024, a favor de la Dra. REGINA JIMENEZ CHINGA, conforme a lo señalado en el Artículo 1° de la presente Resolución de Consejo Universitario y a las consideraciones expuestas. Artículo 4°.- AUTORIZAR, a la Unidad de Contabilidad para que, en coordinación con la Unidad de Tesorería y Recursos Humanos, gire a favor de la Dra. REGINA JIMENEZ CHINGA, el monto de S/. 12,744.90 (Doce Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro con 90/100 Nuevos Soles), según lo indicado en el Informe N° 1405-2024-UP-OPYPTTO-UNP y el siguiente detalle: RUBRO DE FINANCIAMIENTO00: RECURSOS ORDINARIOS SECCIÓN FUNCIONAL0018 SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS GENÉRICA DE GASTO2.3. BIENES Y SERVICIOS CLASIFICADOR2.3.2.1.1.1 $897.11$463.67 ida y vuelta $433.44=$897.11*tc. 3.77 = S/. 3,382.10S/. 3,382.10 2.3.2.1.1.2$370.00* 6 días$2,220 * tc. 3.77 = S/. 8,369.40 S/. 8,369.40 2.3.2.1.2.1 $263.50$166.07 ida y vuelta $97.43=$263.50*tc.3.77S/.993.40S/. 993.40 MONTO TOTAL S/. 12,744.90 CERTIFICADO 0054 RESOLUCIÓN RECTORAL N°0688-R-2024 (28.08.2024) Artículo 5°.- DISPONER, la presentación de la respectiva rendición de cuentas, en el plazo dispuesto en el al Artículo 6° del D.S. N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el D.S. N° 056-2013-PCM. Artículo 6°.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 7°.- CARGAR, el egreso que ocasione la presente Resolución a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.