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40 NORMAS LEGALES Martes 22 de octubre de 2024 El Peruano / transporte del personal de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas que participen en la atención de salud de las poblaciones comprendidas en los ámbitos de intervención; para lo cual los numerales antes mencionados del referido Decreto de Urgencia mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, con Resolución Jefatural N° 000139-2024-SIS/J, se aprueba la Directiva N° 008-2024-SIS/GNF-V.04 “Directiva para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento a las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud” , estableciendo en el literal b) del numeral 7.1 del artículo VII que es responsabilidad de la Gerencia de Negocios y Financiamiento: “Realizar el proceso de monitoreo en gabinete a nivel fi nanciero y nacional en el marco de los convenios, adendas suscritas y actas de compromiso”; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022-2024, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, a través del Memorando N° 001854-2024- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo el Informe N° 000045-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal y aprueba el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 1734, por el importe de S/ 300 000,00 (Trescientos mil y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las Prestaciones de Salud, por los resultados de indicadores para la entrega del incentivo Alfa, según las adendas suscritas con GORE, DIRIS e IPRESS especializadas de Lima Metropolitano para el periodo 2024, y conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, a través del Memorando N° 002245-2024-SIS/ GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000030-2024-SIS/GNF-EPH, con el cual, propone la transferencia de recursos en el marco de los convenios y adendas suscritas y vigentes, por el monto de S/ 300 000,00 a favor de 06 unidades ejecutoras que alcanzaron el cumplimiento del total de indicadores señalados para la entrega del incentivo Alfa, en el mecanismo de pago por prestaciones de salud; Que, mediante Memorando N° 002302-2024-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000021-2024-SIS/GNF-GPR, sobre la programación de transferencia fi nanciera, del cual concluye: “3.2.En atención al Memorando N° 002245-2024-SIS/GNF, que hace suyo el Informe N° 000030-2024/GNF-EPH del cual sustenta técnicamente el pedido de programación de transferencia, y el Memorando N° 001854-2024-SIS/OGPPDO que hace suyo el Informe N° 000045-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, que garantiza la disponibilidad y libre afectación del Crédito Presupuestario (CCP 1734), se propone la programación de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 300,000.00 desagregados de la siguiente manera: por el mecanismo de pago por Prestaciones de Salud el importe de S/ 300,000.00, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las Unidades Ejecutoras detalladas en el Cuadro N° 05 del Informe N° 000030-2024/GNF-EPH.”; Que, mediante Informe Legal N° 000558-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera legalmente viable que la Jefatura del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 300 000,00 (TRESCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Octubre 2024”, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en el Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 300 000,00 (TRESCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Octubre 2024” que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud, dispongan de acuerdo al Anexo N° 01 de la Directiva N° 008-2024-SIS/GNF-V.04 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural N° 000139-2024-SIS/J. Artículo 3.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación de la presente resolución a través del portal institucional del Seguro Integral de Salud (http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html). Artículo 5.- Remitir la presente resolución a la O fi cina General de Administración de Recursos, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera señalada en el artículo 1. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, y en la misma fecha, la resolución y su anexo en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2336615-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Superintendencia del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 131-2024-SMV/02 Lima, 18 de octubre de 2024