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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (22/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Martes 22 de octubre de 2024 El Peruano / Requieren a alcalde de la Municipalidad Provincial de Páucar del Sara Sara, departamento de Ayacucho, para que convoque a nueva sesión extraordinaria de concejo, en la que se dilucide y resuelva la vacancia seguida en contra de regidora RESOLUCIÓN Nº 0313-2024-JNE Expediente N.º JNE.2024002910 PÁUCAR DEL SARA SARA - AYACUCHOVACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, catorce de octubre de dos mil veinticuatro VISTO: el O fi cio N.º 505-2024-MPPSS/ALC, presentado, el 25 de setiembre de 2023, por don Augusto Cayo Cayo, alcalde de la Municipalidad Provincial de Páucar del Sara Sara, departamento de Ayacucho (en adelante, señor alcalde), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de doña Merly Verónica Álvarez Supanta, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), por las causas de cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdicción municipal e inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecidas en los numerales 5 y 7 del artículo 22 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTE1.1. Por medio del o fi cio indicado en el visto, el señor alcalde remitió, entre otros, la siguiente documentación, relacionada al procedimiento de vacancia de la señora regidora: a) Acta de sesión ordinaria de concejo, del 29 de diciembre de 2023, en la que aprobaron la validez de las notifi caciones por mensajería móvil (WhatsApp). b) Informe N.º 003-2024-REGIDOR/MPPSS/MVAS, del 15 de mayo de 2024, de la señora regidora sobre cambio de domicilio. c) Informe Legal N.º 66-2024-ALE-JCSR-MPPSS, emitido el 21 de mayo de 2024 por el asesor jurídico externo de la municipalidad, por el cambio de domicilio de la señora regidora. d) Informe N.º 002-2024-MPPSS/SECRET.GEEZ., del 23 de mayo de 2024, de la secretaria general y de alcaldía, sobre remisión de actas de sesiones ordinarias del 27 de mayo de 2024, 6 y 24 de junio de 2024, y sus respectivas convocatorias. e) Informe N.º 004-2024-HLHP, elaborado, el 27 y 29 de mayo de 2024, por el apoyo administrativo de Trámite Documentario en Mesa de Partes de la municipalidad, sobre no presentación de justi fi cación a las inasistencias a las sesiones de concejo. f) Informe Legal N.º 68-2024-ALE-JCSR-MPPSS, emitido por el asesor jurídico externo de la municipalidad el 27 de mayo de 2024, sobre inasistencias de la señora regidora. g) Carta N.º 01-2024-REGIDOR/MPPSS/MVAS, del 11 de junio de 2024, con el que la señora regidora hace referencia al cambio de domicilio. h) Citación N.º 01-2024-MPPSS, del 19 de junio de 2024, dirigida a la señora regidora, sobre convocatoria a sesión extraordinaria programada para el 24 del mismo mes y año. i) Informe Legal N.º 84-2024-ALE-JCSR-MPPSS, emitido por el asesor jurídico externo de la comuna el 24 de junio de 2024. j) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N.º 06-2024, del 24 de junio de 2024, en la que el concejo discutió la vacancia de la señora regidora. k) Acuerdo de Concejo Municipal N.º 024-2024-MPPSS, del 26 de junio de 2024, que formalizó la decisión municipal.l) Noti fi cación N.º 02-2024-MPPSS, del 27 de junio de 2024, dirigida a la señora regidora, respecto al mencionado acuerdo de concejo. m) Constancia del 25 de julio de 2024, emitida por la asistenta de alcaldía, sobre no presentación de recurso impugnatorio. n) Resolución de Alcaldía N.º 086-2024-MPPSS/ALC, del 31 de julio de 2024, que declaró consentido el Acuerdo de Concejo Municipal N.º 024-2024. o) Noti fi cación N.º 03-2024-MPPSS, del 31 de julio de 2024, dirigida a la señora regidora sobre la citada resolución de alcaldía. p) Comprobante de pago de tasa electoral. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 3 del artículo 139 establece, como principios y derechos de la función jurisdiccional, lo siguiente: 3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación. 1.2. El numeral 4 del artículo 178 prescribe como una atribución del Jurado Nacional de Elecciones el administrar justicia en materia electoral. En la LOM1.3. El cuarto párrafo del artículo 13 dispone: ARTÍCULO 13.- SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL […]En el caso de no ser convocada por el alcalde dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la petición, puede hacerlo el primer regidor o cualquier otro regidor, previa notifi cación escrita al alcalde. Entre la convocatoria y la sesión mediará, cuando menos, un lapso de 5 (cinco) días hábiles [énfasis agregado]. 1.4. El primer párrafo del artículo 23 prevé: ARTÍCULO 23.- PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE VACANCIA DEL CARGO DE ALCALDE O REGIDOR La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En el Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 1 (en adelante, TUO de la LPAG) 1.5. El inciso 1.1. del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar señala: Artículo IV. Principios del procedimiento administrativo 1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo: 1.1. Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas. […]