NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 51
51 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / materia de responsabilidad administrativa funcional que están tipifi cadas en el artículo 46 de la Ley N° 27785 y sus modifi catorias, así como, en otras disposiciones de la misma Ley Orgánica; Que, adicionalmente, se ha identifi cado la necesidad de racionalizar e incorporar mejoras en la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República; Que, en atención a lo antes señalado, es necesario constituir una Comisión Ad Hoc que cuente con la orientación de expertos de reconocida trayectoria en materia de derecho administrativo, derecho administrativo sancionador, derecho constitucional, control gubernamental y gestión pública; Que, asimismo, es pertinente disponer que, a través de la Secretaría General de la Contraloría General de la República y conforme a su ámbito de competencia funcional, se preste el soporte que requiere la Comisión Ad Hoc, para su óptimo funcionamiento y consecución del encargo asignado; Que, de acuerdo a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa Nº 000238-2024-CG/GJNC, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría para la constitución de la referida Comisión Ad Hoc; En uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir la Comisión Ad Hoc encargada de elaborar una propuesta para la mejora del marco legal de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República y de la estructura orgánica y funcional de este Organismo Superior de Control, la misma que está conformada de la siguiente manera: Nombres y Apellidos Rol Mónica Roxana Rosell Medina Presidenta del Tribunal Superior de Responsabilidades AdministrativasPresidenta Marco Argandoña Dueñas Vicecontralor de Control Sectorial y TerritorialIntegrante Luigino Pilotto Carreño Vicecontralor de Gestión Estratégica, Integridad y ControlIntegrante Gonzalo José Miguel Pérez Wicht San Román Secretario GeneralIntegrante La Presidenta e Integrantes de la Comisión Ad Hoc, desarrollan sus actividades en la misma, en adición a las funciones que les corresponden en los cargos que ocupan. Artículo 2.- La Comisión Ad Hoc conformada en el artículo 1 de la presente Resolución, para el cumplimiento del encargo asignado, cuenta con la orientación de los siguientes expertos: Nombres y Apellidos Rol Jorge Elías Danos Ordoñez Invitado Domingo García Belaúnde Invitado Víctor Oscar Shiyin García Toma Invitado Fuad Elías Khoury Zarzar Invitado Richard James Martin Tirado Invitado Carlos Guillermo Morales Morante Invitado Guillermo Steve Valdivieso Payva Invitado Ricardo Julio Salazar Chávez Invitado Los expertos invitados a la Comisión Ad Hoc, brindan, de forma indelegable y ad honorem, la orientación que puntualmente les fuera requerida en consideración a sus conocimientos y experticia en la materia. Artículo 3.- Para el desarrollo de sus actividades y cumplimiento de su encargo, la Comisión Ad Hoc constituida en la presente Resolución, cuenta con el apoyo del señor Juan Ricardo Torres Prado, profesional del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, quien, en adición a las funciones propias del puesto que ocupa, ejerce las funciones de Secretario Técnico de la Comisión Ad Hoc, pudiendo este última, además, contar con la colaboración, asesoramiento y asistencia técnica de las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República. Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General de la Contraloría General de la República, conforme a su ámbito de competencia funcional, preste el soporte que requiere la Comisión Ad Hoc constituida por la presente Resolución, para su óptimo funcionamiento y consecución del encargo asignado. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2322311-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Modifican conformación de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN ESPECIAL A CARGO DEL CONCURSO PUBLICO DE MÉRITOS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Nº 002-2024-CE-P Lima, 1 de agosto de 2024VISTA:La Resolución Legislativa del Congreso N° 021-2023- 2024-CR, mediante la cual se designa al señor Cesar Enrique Aguilar Surichaqui en el cargo de Contralor General de la República; y, CONSIDERANDO:Que, el 19 de febrero de 2019, se publicó en el diario ofi cial El Peruano la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, la cual, en su Título VII, establece la estructura y funcionamiento de la Comisión Especial encargada del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia; Que, el artículo 71 de la citada Ley Orgánica señala que la Comisión Especial está conformada por el Defensor del Pueblo, quien la preside, el Presidente del Poder Judicial, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Contralor General de la Republica, un rector elegido en votación por los rectores de las universidades públicas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad y un rector elegido en votación por los rectores de las universidades privadas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad; Que, de conformidad con el artículo 85 de la misma norma, la conformación fi nal de la Comisión Especial se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, en dicho marco legal, a través de la Resolución de la Presidencia de la Comisión Especial N° 001-2024-CE- P, de fecha 6 de junio de 2024, se aprobó la conformación de la Comisión Especial a cargo del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia;