NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Sábado 7 de setiembre de 2024 El Peruano / en el marco de la Ley N° 30956, Ley de protección de las personas con trastorno de déficit de atención e hiperactividad (TDAH), 2024-2027, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento Lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo y el Plan Nacional aprobado en el artículo 1, se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales de los ministerios cuyos titulares lo refrendan, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Salud, el Ministro de Educación y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2322805-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 596-2024/MINSA Lima, 5 de setiembre del 2024 Visto, el Expediente N° OGPPM-OP20240000942, que contiene la Nota Informativa N° D00346-2024-DGAIN- MINSA emitida por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, el Memorándum N° D0003163-2024-OGPPM-MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D000962-2024-OGAJ-MINSA emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se expidió la Resolución Ministerial N° 1157-2023/MINSA de fecha 27 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Salud, durante el Año Fiscal 2024, aprobar una transferencia financiera a favor de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y celebrar un convenio de cooperación de naturaleza interinstitucional para la realización de un Estudio Actuarial que permita estimar el porcentaje del crédito de la seguridad social para financiar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) por parte de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para el periodo 2024 al 20230 en el marco de lo establecido en la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud; Que, asimismo, el numeral 51.2 del mencionado artículo 51, establece que la transferencia financiera autorizada se aprueba mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Salud, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con fecha 24 de julio de 2024, la Organización Internacional del Trabajo y el Ministerio de Salud suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 068-2024/MINSA, cuyo objeto es realizar un Estudio Actuarial que permita estimar el porcentaje del crédito de la seguridad social para financiar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) por parte de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para el periodo 2024 al 2030 en el marco de lo establecido en la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante Nota Informativa N° D00346-2024- DGAIN-MINSA la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional remite el Informe N° D000109- 2024-DGAIN-DAS-MINSA, a través del cual la Dirección de Aseguramiento en Salud señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para asumir la contribución prevista en el mencionado Convenio de Cooperación Interinstitucional, hasta por la suma de S/ 1 751 264,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES); por lo que, solicita gestionar la transferencia financiera establecida en el artículo 51 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante el Memorándum N° D003163-2024- OGPPM-MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y suscribe el Informe N° D000836-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable respecto a la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una transferencia financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 011. Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 751 264,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para la realización de un Estudio Actuarial que permita estimar el porcentaje del crédito de la seguridad social para financiar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) por parte de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para el periodo 2024 al 2030, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, de conformidad con lo previsto en el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 068-2024/MINSA y el artículo 51 de Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2024; Con el visado de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 1 751 264,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES),