Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Domingo 15 de setiembre de 2024 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban la modificación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2024-CR/GOB.REG.T ACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha tres de julio del dos mil veinticuatro, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 sobre el Consejo Regional señala: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”; por su parte en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”; asimismo, el artículo 38 prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”. Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueban los lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual en su artículo 5 señala: “(…). 5.2 Cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos. (...)”; en tanto que en su artículo 17 prescribe: “(…). 17.2.1 (...) los proyectos de TUPA correspondiente a los Gobiernos Regionales y Locales, previamente a su aprobación por el Consejo Regional o Concejo Municipal, debe contar con la conformidad de la Gerencia General Regional o Gerencia Municipal respectiva (...). 17.2.2 Para dicho efecto, la Gerencia de Planeamiento o la que haga sus veces, presenta a la Gerencia General Regional o Gerencia Municipal el expediente del proyecto de TUPA o su modi fi catoria (...)”. Que, con Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que en su artículo 9 del registro de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el SUT señala: “(...) 9.1. Los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad a registrar en el SUT son aquellos cuya tramitación son efectuados ante las entidades de la administración pública, y cumplen con lo regulado en el TUO de la Ley Nº 27444, los Lineamientos para la determinación de los derechos de tramitación, los Lineamientos para la elaboración del TUPA y demás normas de simpli fi cación administrativa vigente (...)”; asimismo en su artículo 10 sobre modi fi cación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el SUT se establece: “(...) 10.1 La modi fi cación del TUPA registrado en el SUT se realiza teniendo en cuenta lo regulado en el TUO de la Ley Nº 27444, los Lineamientos para la determinación de los derechos de tramitación, los Lineamientos para la elaboración del TUPA y demás normas de simpli fi cación administrativa vigente. (...)”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014-2023- CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 20 de diciembre del 2023, se aprobó la modi fi cación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Tacna. Que, mediante O fi cio Nº 589-2024-GGR/GOB.REG. TACNA, de fecha 08 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia General Regional se remite al Consejo Regional de Tacna el informe sustentatorio y demás documentación pertinente para la aprobación de la modi fi cación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Tacna. Que, con el Informe Nº 021-2024-SGMI-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA, de fecha 08 de abril de 2024, emitido la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el O fi cio Nº 380-2024-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de abril de 2024, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el O fi cio Nº 0021-2024-GRPPAT-SGMI/GOB.REG. TACNA, de fecha 23 de abril de 2024, emitido la Sub Gerencia de Modernización Institucional; el Informe Nº65-2024-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 03 de mayo de 2024, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el informe de la Asesora de Comisión Nº 020-2024-JTCV-COPPyAT-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de junio de 2024; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN Nº 019-2024-COPPyAT-CR, de fecha 18 de junio de 2024, sobre propuesta normativa: “APROBAR LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, APROBADO CON ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2023-CR/GOB.REG.TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Extraordinaria de fecha 03 de julio de 2024. Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y la opinión legal favorables; así como el informe de la asesora de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente la aprobación de la Ordenanza Regional sobre aprobación de la modi fi cación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Tacna, aprobado con Ordenanza Regional Nº 014-2023-CR/GOB.REG.TACNA”. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación parcial del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 014-2023-CR/GOB.REG.TACNA, INCORPORANDO ocho (08) procedimientos administrativos, nueve (09) procedimientos administrativos estandarizados y nueve (09) servicios prestados en exclusividad, MODIFICANDO cuatro (04) procedimientos administrativos, un (01) procedimiento administrativo estandarizado y dos (02) servicios prestados en exclusividad, y ELIMINANDO tres (03) procedimientos administrativos, conforme se detalla en el siguiente cuadro: