NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 86
TEXTO PAGINA: 53
53 NORMAS LEGALES Domingo 15 de setiembre de 2024 El Peruano / concientización, protección, conservación y recuperación ambiental y sus componentes, asimismo acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales, que se encuentran bajo la jurisdicción, así como acciones para prevenir y evitar los impactos y riesgos del cambio climático, para lo cual se deberá orientar el accionar de las entidades según sus funciones y competencias del gobierno regional y local, como las del sector privado y de la sociedad civil. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la implementación de un Plan Regional en un plazo máximo de noventa (90) días calendarios para la correcta ejecución de la presente Ordenanza Regional en el marco de sus atribuciones y/o competencias. Artículo 3º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Portal Institucional. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notifi car la presente Ordenanza Regional a las Unidades Orgánicas correspondientes para su conocimientos y fi nes pertinentes. Artículo 5º.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en un diario de circulación regional. POR TANTO;Regístrese, publíquese y cúmplase.CIRO RONALD CASTILLO ROJO SALAS Gobernador HAROLD ANGULO CÁRDENAS Secretario del Consejo Regional 2324675-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban transferencia financiera a favor de la Mancomunidad Regional de Los Andes, para la continuidad de ejecución de proyecto CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 136-2024-GOB.REG. HVCA/CR Huancavelica, 6 de junio de 2024VISTO:El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria, celebrada el 06 de junio de 2024, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política modi fi cado por Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fi scalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante O fi cio N° 380-2024/GOB.REG. HVCA/GGR, de fecha 17 de mayo de 2024, el Gerente General Regional, solicita al pleno del Consejo Regional la aprobación de la transferencia fi nanciera a favor de la Mancomunidad Regional de Los Andes, para la ejecución del proyecto: Creación del Puente vehicular Challhuan, en la localidad de Challhuan, distrito de Churcampa - Churcampa - Huancavelica, distrito de Santillana - Huanta - Ayacucho, con NUI 2280502, por el monto de S/. 705,868.00 Soles. Que, mediante Informe N° 1229-2024/GOB.REG. HVCA/GGR-GRPPyAT, de fecha 06 de mayo de 2024, el Sub Gerente de Gestión Presupuestaria y Tributación, comunica la disponibilidad presupuestal de 705,868.00 Soles, en la fuente de fi nanciamiento: Recursos Ordinarios. Que, conforme dispone el Artículo 39° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera a favor de la Mancomunidad Regional de Los Andes, para la continuidad de ejecución del Proyecto: Creación del Puente vehicular Challhuan, en la localidad de Challhuan, distrito de Churcampa - Churcampa - Huancavelica, distrito de Santillana - Huanta - Ayacucho, con NUI 2280502, por el monto de S/. 705,868.00 Soles. Artículo Segundo.- COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase.JOSÉ TORRES HUAMANÍ Presidente del Consejo Regional 2323811-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES