NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 86
TEXTO PAGINA: 49
49 NORMAS LEGALES Domingo 15 de setiembre de 2024 El Peruano / la Criminalidad Organizada de Piura, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Cabe acotar que el abogado Frank Alix Acuña Ramos, se encuentra laborando a plazo indeterminado dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA); por lo que, corresponde disponer la reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar al abogado Frank Alix Acuña Ramos, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Piura, designándolo en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Piura, con reserva de su plazas de origen Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2325216-1 Designan fiscal en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1991-2024-MP-FN Lima, 13 de setiembre de 2024 VISTOS: El o fi cio Nº 000189-2023-MP-FN-PJFSUCAYALI, de fecha 4 de marzo de 2023 y los o fi cios Nºs. 003776 y 004445-2024-MP-FN-PJFSLORETO, de fechas 18 de julio y 26 de agosto de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2641-2017-MP-FN, de fecha 31 de julio de 2017, se resolvió designar al abogado Juan César Ale Turpo, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Maynas, Distrito Fiscal de Loreto, en el despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ucayali. Posteriormente, se adecuó la denominación del despacho en Fiscalía Provincial de Familia de Ucayali, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 135-2021-MP-FN, de fecha 29 de enero de 2021; y, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1451-2021-MP-FN, de fecha 5 de noviembre de 2021, se dispuso la adecuación de los nombramientos del personal fi scal nombrado en el Distrito Fiscal de Loreto, y designado en el despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Ucayali, debiendo considerarse sus nombramientos en el Distrito Fiscal de Ucayali. El numeral 4 del artículo 65 de la citada Ley Orgánica establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca. Así como, el artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, re fi ere que la designación de los fi scales, en todos los niveles y especialidades, compete al Ministerio Público y se realiza en la plaza especí fi ca, para el órgano fi scal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. Que, el artículo 41 de la Ley Nº 30483, señala que “hay incompatibilidad por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de a fi nidad, por matrimonio y unión de hecho: (…). 3. Entre el personal administrativo y entre estos y los fi scales, pertenecientes al mismo distrito fi scal”. El mismo sentido, el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por le Ley Nº 26767, prescribe en su artículo 47, lo siguiente: “(…) 3. Entre el personal administrativo y entre éstos y los fi scales, pertenecientes al mismo Distrito Judicial.” Asimismo, el numeral 2.5, de la Directiva Nº 007-2008-MP-FN-GG “Normas de Prohibición de Nombramiento y Contratación en caso de Nepotismo e Incompatibilidad en el Ministerio Público”, aprobada mediante Resolución de Gerencia General Nº 753-2008-MP-FN-GG, de fecha 2 de septiembre del 2008, señala “entiéndase por incompatibilidad, el impedimento o tacha legal para ejercer una función determinada, o para ejercer dos o más cargos a la vez, cuando existan razones de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de a fi nidad y por matrimonio, en los siguientes casos: (…) En el mismo Distrito Judicial (…) entre los fi scales superiores y los fi scales provinciales y adjuntos en las respectivas categorías”. Por lo tanto, vistos el o fi cio Nº 000189-2023-MP-FN- PJFSUCAYALI, en cual se hace de conocimiento que el abogado Juan César Ale Turpo, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Maynas, Distrito Fiscal de Loreto, designado en el despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Ucayali, Distrito Fiscal de Ucayali, informó que la abogada Leydi Mónica Medina Rodríguez, fi scal adjunta provincial titular de prevención del delito de Coronel Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali, designada en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Coronel Portillo, es su cónyuge con lo cual se con fi guraría la causal de incompatibilidad establecida en las normas antes citada. Asimismo, mediante los o fi cios Nºs. 003776 y 004445-2024-MP- FN-PJFSLORETO, cursados por el abogado Raúl Rivas Delgado, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, se propone la designación del abogado Juan César Ale Turpo en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, al encontrarse vacante. En ese sentido, estando a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, se debe adoptar las acciones pertinentes a fi n de garantizar el principio de legalidad y respeto irrestricto de las normas; por lo cual, corresponde emitir el acto resolutivo concluyendo la designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza descrita en el primer párrafo de la parte considerativa. Conforme a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la designación del abogado Juan César Ale Turpo, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Maynas, Distrito Fiscal de Loreto, en el despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Ucayali, Distrito Fiscal de Ucayali, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1451-2021-MP- FN, de fecha 5 de noviembre de 2021.