NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (17/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Martes 17 de setiembre de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia al día siguiente de la fecha en que culmina el proceso de fusión al que hace referencia el Decreto Supremo N° 001-2024-MIMP, de conformidad con lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la misma norma. Artículo 3.- Disponer que a través de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización se remita a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”, aprobado con el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de su entrada en vigencia. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2325714-2 SALUD Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 621-2024/ MINSA Lima, 16 de setiembre del 2024Visto; el Expediente N° DIGEMID20240000550, que contiene la Nota Informativa N° D000712-2024-DIGEMID- MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 634-2022/ MINSA, de fecha 23 de agosto de 2022, se designó a la señora MARITZA VICTORIA SÁNCHEZ MONTELLANOS, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Dirección de Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Directoral N° D001036- 2024-OGGRH-MINSA, de fecha 17 de julio de 2024, se actualizaron los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 322-2023/MINSA, según el cual, el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P Nº 1535), Nivel F-4, de la Dirección de Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, se encuentra clasifi cado como cargo de confi anza; Que, estando a la renuncia presentada por la señora MARITZA VICTORIA SÁNCHEZ MONTELLANOS, se ha visto por conveniente aceptar la misma y designar al señor JOSÉ CARLOS SARAVIA PAZ SOLDÁN, en el cargo señalado en el considerando precedente;Que, mediante el Informe N° D001408-2024-OGGRH- OARH-EIE-MINSA, la Ofi cina de Administración de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la citada acción de personal; Con el visado de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Viceministerio de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora MARITZA VICTORIA SÁNCHEZ MONTELLANOS, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Dirección de Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JOSÉ CARLOS SARAVIA PAZ SOLDÁN, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP – P Nº 1535), Nivel F-4, de la Dirección de Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2325598-1 Disponen la publicación del proyecto de Documento Técnico: Perfil de competencias esenciales que orientan la formación de los profesionales de la salud. Tercera fase: Trabajador (a) Social Peruano (a) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 622-2024/ MINSA Lima, 16 de setiembre del 2024VISTO; el Expediente N° DIGEP-DIPLAN20240000262, que contiene la Nota Informativa N° D000596-2024- DIGEP-MINSA y el Informe N° D000013-2024-DIGEP- DIPLAN-AAT-MINSA, de la Dirección General de Personal de la Salud; y el Informe N° D000862-2024-OGAJ-MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDOQue, el numeral XV del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, dispone que el Estado promueve la investigación científi ca y tecnológica en el campo de la salud, así como la formación, capacitación y entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modifi cada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el sector. Asimismo, su fi nalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación de la salud de la población; Que, el numeral 7) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, precisa que, es ámbito de