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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (04/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Viernes 4 de abril de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 512- MDC, respecto a la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial; primera, segunda y tercera cuota de Arbitrios y de plazo para acogerse al incentivo del descuento por pronto pago DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2025/MDC Carabayllo, 26 de marzo de 2025 VISTO: El Informe Nº 056-2025-SGREC-GATR/ MDC, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el Informe Nº 012-2025-GATR/ MDC, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 147-2025-GAJ/MDC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 457-2025-GM/MDC, emitido por la Gerencia Municipal, referidos a la Prórroga de Vigencia de la Ordenanza Nº 512-MDC que Fija el pago mínimo del Impuesto Predial 2025,calendario tributario e incentivos por pronto pago. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 - “Ley de Reforma Constitucional”, y Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en su facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal. Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que “El plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria.”. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 512/MDC, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 23 de enero de 2025, se aprueba la Ordenanza que fi ja el pago mínimo del Impuesto Predial 2025, calendario tributario e incentivos por pronto pago, con fecha de término hasta el 28 de Febrero del 2025; plazo que fue Prorrogado hasta el 31 de marzo del 2025 mediante el Decreto de Alcaldía Nº0001- 2025/MDC, publicado el 01 de marzo del 2025 en el Diario O fi cial El Peruano. Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 512/MDC, prescribe: “FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso”. Que, mediante Informe Nº 056-2025-SGREC-GATR/ MDC, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, informa a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, que considerando los bene fi cios que ha brindado la Ordenanza Municipal Nº 512/MDC y la importancia de continuar apoyando a los contribuyentes puntuales, es recomendable la ampliación del plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial; primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales, y, por consiguiente ampliar los bene fi cios de pronto pago de Arbitrios Municipales hasta el 30 de abril del ejercicio 2025. Que, mediante Informe Nº 012-2025-GATR/MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas concluye suscribiendo la propuesta de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, respecto a la prórroga del plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial; primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales y bene fi cios por pronto pago de Arbitrios Municipales hasta el 30 de abril del 2025,solicitando que, por intermedio de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se gestione la aprobación del Decreto de Alcaldía. Que, a través del Informe Nº 147-2025-GAJ-MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, después de la revisión de los actuados remitidos y la normativa señalada en los párrafos procedentes, emite opinión legal favorable a la expedición del Decreto de Alcaldía que resuelve prorrogar hasta el 30 de abril del 2025 la vigencia de la Ordenanza Nº 512-MDC, respecto al plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial ; del pago de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales 2025 y del plazo para acogerse al incentivo del descuento por pronto pago. Que, mediante Memorando Nº 457-2025-GM/MDC, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta el pronunciamiento del órgano técnico y opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto legal correspondiente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de abril del 2025 la vigencia de la ORDENANZA Nº512-MDC, respecto a la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial; primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales y del plazo para acogerse al incentivo del descuento por Pronto Pago, para el ejercicio 2025. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y RENTAS y a las Subgerencias a su cargo, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la SECRETARÍA GENERAL, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y ESTADISTICA, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Web Institucional de la Municipalidad www. municarabayllo.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2385092-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Ordenanza que crea el Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Pachacámac, COLOFAR Pachacámac ORDENANZA MUNICIPAL N° 358-2025-MDP Pachacámac, 31 de marzo de 2025