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86 NORMAS LEGALES Viernes 4 de abril de 2025 El Peruano / materia se encuentra en su jurisdicción; así como la publicación de la misma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. POR TANTO: Al promulgarla, mando se registre, publique, noti fi que y cumpla. Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veintisiete días de marzo del dos mil veinticinco. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2386738-1 Modifican la Ordenanza N° 2701 que aprueba la conformación de la Red de Protección al Turista de Lima Metropolitana - RPT LM ORDENANZA N° 2717 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 27 de marzo del 2025; en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución; Ha dado la ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 2701 QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DE LA RED DE PROTECCIÓN AL TURISTA DE LIMA METROPOLITANA RPT LM Artículo 1.- Modi fi car el numeral 10 del ítem “sector público” del artículo 2 de la Ordenanza N° 2701 que aprobó la conformación de la Red de Protección al Turista de Lima Metropolitana - RPT LM, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 2.- De los miembros de la RPT LM: La RPT LM estará conformada por:Sector público: (…) 10. Un representante titular y un representante alterno de cada una de las siguientes municipalidades: o Municipalidad Distrital de Mira fl ores. o Municipalidad Distrital de Barranco.o Municipalidad Distrital de Pueblo Libre.o Municipalidad Distrital de Lurín.o Municipalidad Distrital de Santiago de Surco.o Municipalidad Distrital de San Miguel.o Municipalidad Distrital de La Molina. o Municipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo publicar la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www. transparencia.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial.POR TANTO: Al promulgarla, mando se registre, publique, noti fi que y cumpla. Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los veintisiete días de marzo del dos mil veinticinco. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2386740-1 Autorizan viaje de abogado coordinador constitucional de la Procuraduría Pública Municipal a los EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 092 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 27 de marzo de 2025, en uso de sus facultades normativas y de lo indicado en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución; Ha adoptado el acuerdo siguiente: ACUERDO DE CONCEJO QUE AUTORIZA VIAJE DE COORDINADOR CONSTITUCIONAL DE LA PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL A LA CIUDAD DE WASHINGTON DC – ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA VISTOS: Los Informes Nº D000079-2025-MML-PPM y Nº D000108-2025-MML-PPM de la Procuraduría Pública Municipal, el Informe Nº D000052-2025-MML-OGA- OGRH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el Memorando Nº D000134-2025-MML-OGPF-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Memorando Nº D000583- 2025-MML-OGA-OL de la O fi cina de Logística, el Informe Nº D000097-2025-MML-OGPF-OP de la O fi cina de Presupuesto, los Informes Nº D000218-2025-MML-OGAJ y Nº D000265-2025-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, los Informes Nº D000011-2025-MML- GMM y Nº D000013-2025-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, Proveído Nº D000759-2025- MML-ALC del despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11 de artículo 9 de la mencionada ley orgánica, señala que es atribución del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; ello, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 17 del artículo 6 del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 571 y modi fi catorias; Que, el artículo 2, de la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; en