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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (04/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 4 de abril de 2025 El Peruano / 2.8. Al respecto, no se puede discutir ni desconocer la situación jurídico-penal del señor regidor, quien cuenta con una sentencia condenatoria con pena privativa de la libertad por delito doloso, más aún si el propio Poder Judicial ha remitido a esta sede electoral las copias certi fi cadas de dicho pronunciamiento. 2.9. Por ello, queda acreditado, de modo fehaciente, que el señor regidor cuenta con una sentencia condenatoria consentida, la cual lo sanciona con pena privativa de la libertad, cuya vigencia concurre con su mandato en la citada comuna, por lo que se concluye que ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el numeral 6 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.7.). 2.10. Cabe precisar que esta norma tiene por fi nalidad preservar la idoneidad de los funcionarios públicos que, sobre todo, ejercen un cargo público representativo como el que asume un regidor; de tal modo que se evite mantener en el ejercicio de la función a quienes han infringido las normas básicas del ordenamiento jurídico, al haber perpetrado un ilícito penal de naturaleza dolosa. 2.11. El propósito de esta norma es impedir que, de manera concurrente, se pueda tener el doble estatus de condenado y de funcionario público. Así, en caso de que un ciudadano ejerza en la actualidad un cargo público y en algún momento de su periodo representativo haya pesado sobre él una condena penal fi rme, se habrá con fi gurado la causal de vacancia establecida en el numeral 6 del artículo 22 de la LOM. 2.12. Ahora, en sus descargos, el señor regidor alega que no se le debe aplicar esta causal de vacancia, pues, en su caso, la pena impuesta fue convertida en prestación de servicios comunitarios. Al respecto, conviene recordar que para la con fi guración de la causal de vacancia prescrita en el citado dispositivo legal, se debe veri fi car únicamente que se haya dictado una condena consentida o ejecutoriada que imponga pena privativa de la libertad por delito doloso. En tal sentido, no cabe hacer distinciones donde la norma no las hace. El Pleno del JNE ha seguido este criterio en la Resolución Nº 0172-2024-JNE (ver SN 1.12.), así como en las Resoluciones Nº 0073-2019-JNE, Nº 4083-2022-JNE y Nº 0022-2024-JNE, entre otras. 2.13. Por lo expuesto, corresponde desaprobar el acuerdo adoptado por el concejo municipal y disponer la vacancia de la autoridad cuestionada. Por tal razón, debe dejarse sin efecto la credencial que se le otorgó para que ejerza el cargo de regidor del Concejo Distrital de Caja. 2.14. Asimismo, conforme lo dispone el artículo 24 de la LOM (ver 1.8.), corresponde convocar a don Eusebio Zambrano Flores, identi fi cado con DNI Nº 23558725, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Trabajando para Todos, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Caja, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le debe conceder la credencial que lo faculte como tal (ver SN 1.2., 1.4. y 1.9.). 2.15. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del 25 de octubre de 2022, remitida por el Jurado Electoral Especial de Angaraes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 2. 2.16. Se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver 1.13.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Ilber Soras Chuquiyauri como regidor del Concejo Distrital de Caja, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, en el marco de procedimiento de vacancia seguido en su contra por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, causal prevista en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.2. CONVOCAR a don Eusebio Zambrano Flores, identi fi cado con DNI N.° 23558725, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Caja, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo acredite como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N.° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N.º 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2 https://cej.jne.gob.pe/Autoridades 2387274-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Bella Unión, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 0091-2025-JNE Expediente Nº JNE.2024003890 BELLA UNIÓN - CARAVELÍ - AREQUIPA VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 21 de febrero de 2025 VISTO: el Ofi cio Nº 386-2024-SG/MDBU, presentado el 27 de diciembre de 2024, mediante el cual don Richard Iván Vega Taipe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Bella Unión, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa (en adelante, señor alcalde), solicita la convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de don Damián Chancahuaña Álvarez, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES 1.1. Por medio del o fi cio citado en el visto, el señor alcalde remitió documentación del procedimiento de vacancia seguido en contra del señor regidor, la cual se detalla a continuación: a) Escrito de renuncia, del 24 de octubre de 2024, presentado por el señor regidor. b) Cédula de noti fi cación de la Carta Nº 117-2024- SG/MDBU, del 6 de noviembre de 2024, dirigida al señor regidor, convocándolo para que asista a la sesión extraordinaria de concejo programada para el 14 del mismo mes y año.