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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (12/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Sábado 12 de abril de 2025 El Peruano / Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Normativa aplicable a proyectos de edifi cación en trámite Los proyectos de edi fi cación comprendidos en los alcances del párrafo 2.2. “Dotaciones” del numeral 2 “Agua Fría”, de la Norma Técnica IS.010 “Instalaciones sanitarias para edi fi caciones” del Sub Título III.3. “Instalaciones Sanitarias” del Título III “Edi fi caciones” del Reglamento Nacional de Edi fi caciones que, a la entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial, cuenten con expediente técnico aprobado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - Invierte.pe, y/o que, respecto de los cuales se haya iniciado el procedimiento para obtener la licencia de edi fi cación ante la municipalidad competente, respectivamente, se rigen hasta su culminación por el texto de la Norma Técnica anterior a la presente modi fi catoria. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derogar el literal b) del párrafo 2.2. “Dotaciones” del numeral 2 “Agua Fría”, de la Norma Técnica IS.010 “Instalaciones sanitarias para edi fi caciones” del Sub Título III.3. “Instalaciones Sanitarias”, del Título III “Edi fi caciones” del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA y modi fi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2389962-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Aprueban la modificación del artículo 12 del Reglamento para la contratación de servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN CONSEJO DIRECTIVO Sesión N° 153 del 9 de abril de 2025 ACUERDO PROINVERSIÓN N° 153-1-2025-CD Visto el Informe N° 012-2025/DPP/SSP, el Memorándum N° 00185-2025/DPP, el Memorándum N° 64-2025/DE y el Informe Legal N° 236-2025/OAJ, se acuerda: 1. Aprobar la modi fi cación del artículo 12 del Reglamento para la contratación de servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN, aprobado por ACUERDO CD PROINVERSIÓN Nº 49-3-2018-CD, en los siguientes términos: “Artículo 12.- Determinación del Valor Estimado El Valor Estimado se aplica a todas las modalidades de contratación y será determinado por el Usuario, en base de los Términos de Referencia Preliminares del Servicio, realizando las indagaciones de mercado respectivas. Para realizar la indagación de mercado, el Usuario recurre a información existente, incluidas las contrataciones que hubiera realizado una entidad del sector público, respecto de servicios que guarden similitud con el requerimiento, cotizaciones del servicio o estructura de costos. Una vez recibidos y evaluados los comentarios y sugerencias, para de fi nir el Valor Estimado, el Usuario podrá utilizar los siguientes criterios, sea a manera individual o conjunta: i) el mayor valor que se obtenga de las cotizaciones, ii) el mayor valor que se obtenga, excluyendo aquellas cotizaciones que sean superiores o inferiores al promedio en una (1) desviación estándar iii) datos históricos, iv) datos comparativos, v) estructura de costos, vi) promedio simple de las cotizaciones remitidas. El Valor Estimado será difundido a los Postores y terceros interesados luego del acto público de adjudicación, salvo que se declare desierto el Procedimiento de Selección por ausencia de Postores o por no haber Postores válidos . El Usuario remitirá al Órgano Encargado de las Contrataciones, los Términos de Referencia De fi nitivos, la determinación del Valor Estimado, la Certi fi cación Presupuestal y el requerimiento de servicios debidamente fi rmados por el Usuario.”. Comunicar el presente acuerdo al Director Ejecutivo, a la Dirección Especial de Proyectos, a la Dirección de Portafolio de Proyectos y al Director de Proyecto, exonerándolos del trámite de lectura y aprobación del acta. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Secretario de Actas Lima, 11 de abril de 2025 2390234-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Plan Operativo Institucional Anual 2025 Actualizado versión 1 del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000036-2025-GEG/ INDECOPI San Borja, 9 de abril del 2025VISTOS: El Informe N° 000083-2025-OPM/ INDECOPI de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 000154-2025-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), se crean y regulan la organización y funcionamiento del SINAPLAN y del CEPLAN, orientados al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema