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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (12/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Sábado 12 de abril de 2025 El Peruano / privado y de la sociedad civil, así como de especialistas o expertos en la materia, cuya participación es meramente consultiva. Artículo 8.- Periodo de Vigencia El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo es de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de su instalación, plazo que puede ser ampliado considerando el avance de las actividades y los requerimientos para el cumplimiento de su objeto. Dentro de este plazo, el Grupo de Trabajo presenta al titular del Ministerio de Salud el informe fi nal correspondiente. Artículo 9.- Financiamiento El funcionamiento del Grupo de Trabajo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Publicación Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2390077-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 257-2025/ MINSA Lima, 11 de abril del 2025Visto, el Expediente N° OGA-OC20250000181, que contiene el Memorándum N° D000767-2025-OGA-MINSA de la O fi cina General de Administración, el Memorándum N° D001207-2025-OGPPM-MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D000403-2025-OGAJ-MINSA emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se expidió la Resolución Ministerial N° 904-2024/MINSA de fecha 27 de diciembre de 2024, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, dispone que dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano;Que, con O fi cio N° 000075-2025-CG/GRECE la Contraloría General de la República, en el marco del artículo 20 de la Ley N° 27785, solicitó realizar la transferencia fi nanciera por el saldo de la retribución económica producto de la diferencia de los montos propuestos por las sociedades de auditoría como consecuencia de la resolución de contrato, para lo cual precisa el monto a transferir; Que, mediante Memorándum N° D000767-2025- OGA-MINSA, la O fi cina General de Administración remite la Nota Informativa N° D000307-2025-OGA-OC-MINSA, de la O fi cina de Contabilidad a su cargo mediante la cual solicita gestionar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 1 799,30 (MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 30/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República para fi nanciar la retribución económica por el periodo 2023 y 2024 en lo que corresponde a la diferencia de los montos propuestos por las sociedades de auditoría; Que, mediante el Memorándum N° D001207-2025- OGPPM-MINSA la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y suscribe el Informe N° D000314-2025-OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable respecto a la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una Transferencia Financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 011. Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 1 799,30 (MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 30/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, para fi nanciar la retribución económica por el periodo 2023 y 2024 en lo que corresponde a la diferencia de los montos propuestos por las sociedades de auditoría, en el marco del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Con el visado de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/ 1 799,30 (MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 30/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, para fi nanciar la retribución económica por el periodo 2023 y 2024 en lo que corresponde a la diferencia de los montos propuestos por las sociedades de auditoría, en el marco del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011. Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora: 001. Administración Central – Minsa, Categoría Presupuestaria: 9001. Acciones Centrales, Producto: 3999999 Sin Producto, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Categoría de Gasto: 5. Gastos Corrientes. Genérica de Gasto: 4. Donaciones y Transferencias, por la Fuente de Financiamiento: 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.