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50 NORMAS LEGALES Sábado 12 de abril de 2025 El Peruano / fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2390263-1 Designan Ejecutivo Adjunto I de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2025/ MINSA Lima, 11 de abril del 2025 Visto, el expediente Nº DIGEMID20250000185; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº D000346- 2025-OGGRH/MINSA, de fecha 02 de abril de 2025, se actualizaron los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial Nº 322-2023/MINSA, según el cual, el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP – P Nº 1242), de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como Directivo Superior de libre designación y remoción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 694-2023/ MINSA, de fecha 19 de julio de 2023, se designó al señor CRISTIAN RENATO COLCHADO CHUNGA en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente y designar al señor GIANCARLO CASTILLO RIVERA en el citado cargo; Que, mediante el Informe Nº D000534-2025-OGGRH- OARH-EIE-MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto a las precitadas acciones de personal; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor CRISTIAN RENATO COLCHADO CHUNGA en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor GIANCARLO CASTILLO RIVERA, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I (CAP – P Nº 1242), Nivel F-4, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud. Artículo 3. - Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2390265-1Modifican la Directiva Administrativa Nº 371-MINSA/DIGEP-2025, Directiva Administrativa que regula la gestión de la Evaluación para el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (SERUMS) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2025/ MINSA Lima, 11 de abril del 2025 VISTO, el Expediente Nº DIGEP-DIPLAN20250000252, que contiene el Informe Nº D000013-2025-DIGEP-DIPLAN-LPV-MINSA de la Dirección de Plani fi cación del Personal de la Salud de la Dirección General de Personal de la Salud, y el Informe Nº D000359-2025-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; así mismo según el artículo 123 señala que el Ministerio de Salud, como Autoridad de Salud a nivel nacional, que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud; Que, el numeral 4-A1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, establece que el Ministerio de Salud tiene la potestad rectora que comprende la facultad que tiene para normar, supervisar, fi scalizar y, cuando corresponda sancionar, en los ámbitos que comprenden la materia de salud, dentro del marco y los límites establecidos en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, el literal h) del artículo 5 del citado Decreto Legislativo Nº 1161, modi fi cado por la Ley Nº 30895, señala que es función rectora del Ministerio de Salud dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud; Que, el artículo 114 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, y modi fi catorias, dispone que la Dirección General de Personal de la Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud responsable de formular la política sectorial en materia de personal de la salud, en el marco de la normatividad vigente; así como realizar su seguimiento y evaluación. Asimismo, es competente para proponer y monitorear la plani fi cación, gestión y desarrollo de personal de la salud a nivel sectorial; Que, el literal b) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece como función de la Dirección General de Personal de la Salud proponer y monitorear lineamientos, metodologías y estándares para la implementación de la política sectorial del personal de la salud, así como realizar su evaluación; Que, asimismo el literal k) del artículo 115 del citado Reglamento, señala que la Dirección General de Personal de la Salud, conduce el desarrollo del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, residentado médico, y otros residentados profesionales de salud y articulación docente asistencial; así como realiza su seguimiento y monitoreo; Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 23330, se establece el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS que será prestado por los profesionales de las Ciencias de la Salud que obtengan su título a partir de la vigencia de la referida Ley, cuya prestación del servicio constituye requisito indispensable para ocupar cargos en entidades públicas, ingresar a los programas de segunda