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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (01/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo ANEXO N° 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIRDAIS” N°ENTIDAD EJECUTORADENOMINACIÓN DE LA INVERSIÓNMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPOMEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO PRODUCTIVO DE CACAOS AROMÁTICOS DE MONTAÑA EN EL DISTRITO DE SATIPO - PROVINCIA DE SATIPO - DEPARTAMENTO DE JUNÍN. S/ 1’616,030.21 2MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPOMEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE APOYO AL DESARROLLO PRODUCTIVO DE CAFÉS ORGÁNICO Y ESPECIALES EN EL DISTRITO DE SATIPO - PROVINCIA DE SATIPO - DEPARTAMENTO DE JUNÍN. S/ 452,527.43 TOTAL S/ 2’068,557.64 2423871-1 Rectifican error material consignado en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000138-2025-DV-PE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000157-2025-DV-PE Mira fl ores, 31 de julio del 2025 VISTO: El Informe N° 000113-2025-DV-UE006-UAJ de fecha 16 de julio de 2025, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la O fi cina Zonal de San Francisco – Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000138-2025-DV-PE de fecha 11 de julio de 2025, se modi fi có la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000221-2024-DV-PE de fecha 30 de diciembre de 2024, mediante el cual se delegó facultades en la Coordinación Ejecutiva de la O fi cina Zonal de San Francisco– Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2025-EF; Que, a través del documento del visto, la Unidad de Asesoría Jurídica de la O fi cina Zonal de San Francisco – Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, re fi ere que se ha incurrido en error material en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000138-2025-DV-PE, al consignar: “Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi caciones, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, así como lo regulado por el Título IV de la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01”; debiendo ser: “Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi caciones, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, así como lo regulado por el Capítulo III del Título II de la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01”; Que, el artículo 10 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante el TUO de la Ley N° 27444), establecen causales especí fi cas que acarrean la nulidad del acto administrativo, veri fi cándose que la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000138-2025-DV-PE no incurre en ninguna de ellas, en consecuencia, debe optarse por la conservación de dicho acto administrativo; Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la Ley N° 27444, establece que: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a Instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; Que, estando a que el error material que se advierte, no constituye vicio que altere el fondo de lo resuelto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000138-2025-DV-PE de fecha 11 de julio de 2025, por lo que debe procederse de conformidad con lo señalado en el numeral 212.2 del artículo 212 del TUO de la Ley N° 27444, en cuanto establece que, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Con el visado de la Gerencia General, de la Coordinación Ejecutiva y de la Unidad de Asesoría Jurídica de la O fi cina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006 -1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM y el Manual de Operaciones de la O fi cina Zonal de San Francisco -Unidad Ejecutora 006-1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible VRAEM”, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 043-2019-DV-PE y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- RECTIFICAR el error material consignado en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000138-2025-DV-PE de fecha 11 de julio de 2025, de acuerdo al siguiente detalle: DONDE DICE: “Artículo 1º.- MODIFICAR el numeral 1.2 “En materia de Contrataciones del Estado” del artículo 1º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000221-2024-DVPE de fecha 30 de diciembre de 2024, mediante el cual se delegó facultades en la Coordinación Ejecutiva de la O fi cina Zonal de San Francisco - Unidad Ejecutora 006 -1715 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el ámbito de su intervención geográ fi ca, quedando redactado de la siguiente manera: 1.2 En materia de Contrataciones Públicas: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi caciones, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, así como lo regulado por el Título IV de la Directiva N° 0007-2025- EF/54.01. (…)”