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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (01/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / humanos, la utilización de la inteligencia arti fi cial en la justicia, el proceso de selección y representatividad en el marco de la independencia judicial, y la cooperación jurídica interamericana en materia penal y extradición, entre otros; Que, de igual manera, en los márgenes de la Décima Reunión Conjunta con los Consultores Jurídicos de los Ministerios de Relaciones Exteriores encargados de temas de derecho internacional, se celebrará el Quincuagésimo Aniversario del Curso de Derecho Internacional y de la Primera Conferencia Interamericana de Derecho Internacional Privado (CIDIP-I), en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 6 al 7 de agosto de 2025; Que, por lo expuesto, se estima importante la participación en los referidos eventos del señor Juan José Ruda Santolaria, contratado como Personal Altamente Califi cado, Asesor del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, Que, por cuestiones de itinerario, el referido comisionado viajará a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 4 al 7 de agosto de 2025; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de Personal Altamente Cali fi cado en el sector público y dicta otras disposiciones; y, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Juan José Ruda Santolaria, contratado como Personal Altamente Cali fi cado, Asesor del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 4 al 7 de agosto de 2025, para los fi nes expuestos en la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: (157) 0137176 “Representación y negociación en organismos y foros especializados”; y, Código POI: AOI00004500029: “Gestión de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo clase económica (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) Juan José Ruda Santolaria 1,075.00 370.00 2+1 1,110.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días hábiles, posteriores a su retorno al país, el citado comisionado deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2423568-1SALUD Aprueban el Plan Operativo Institucional Anual 2025 Actualizado Versión 1 del Pliego 011. Ministerio de Salud RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° D000240-2025-SG- MINSA Jesús María, 30 de julio del 2025Visto, el Expediente N° OGPPM-OPEE20250000274, que contiene el Memorándum N° D002824-2025-OGPPM- MINSA, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D000825-2025-OGAJ-MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece como funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley dispone que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, a través de la cual se establece la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 1.2 del Capítulo 1 de la citada “Guía para el Planeamiento Institucional”, precisa que el POI es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la estrategia institucional, cuyo contenido principal es la programación de las actividades operativas e inversiones; además, indica que dicho instrumento comprende dos periodos: i) Multianual: Mínimo tres (3) años articulado y guardando correspondencia con el periodo del PEI; y, ii) Anual: Un (1) año en consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA); Que, es oportuno señalar que el numeral 3.2.3 del Capítulo 3 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, re fi ere que el Plan Operativo Institucional Anual en ejecución se actualiza, además, cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, b) incorporación o inactivación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI;