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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (01/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA Aprueban el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de julio de 2025 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 175-2025- INEI Lima, 31 de julio de 2025CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29438, modi fi ca el Art. 10º del Decreto Legislativo N° 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario ofi cial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial N° 685-2010- EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fi jar una metodología para construir un indicador estadísticamente con fi able para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de julio 2025 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1 .- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: Dic. 2021 = 100) correspondiente al mes de julio 2025 , así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MESNÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2021= 100VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2025 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO114,30 114,44115,31115,66115,60115,69115,89-0,08 0,120,760,30 -0,05 0,080,18-0,08 0,040,801,101,051,131,31 Artículo 2 .- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: Dic. 2021 = 100), correspondiente al mes de julio 2025 , así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.AÑO / MESNÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2021 = 100VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2025 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO114,07 114,28115,21115,57115,51115,66115,92-0,09 0,190,810,32 -0,06 0,130,23-0,09 0,090,911,231,171,301,53 Artículo 3.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información O fi cial del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de julio 2025 y la metodología de este indicador. Regístrese y comuníquese. GASPAR HUMBERTO MORAN FLORES Jefe 2423926-1 Aprueban el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2025 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 176-2025- INEI Lima, 31 de julio de 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91- EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informática, publique mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, luego de concluidos los trabajos iniciados en el año 2011, para actualizar la canasta de productos, ponderaciones y procedimientos metodológicos del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, se ha establecido como periodo Base: Diciembre 2013=100; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de julio de 2025, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información o fi cial del mencionado indicador; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar, el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de julio de 2025, así como su variación porcentual mensual y acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE (BASE: DICIEMBRE 2013=100)VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2025 ENEROFEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIO131,144459 130,677495130,477715130,729633130,208580129,761743 128,8071130,10 -0,36 -0,15 0,19 -0,40 -0,34 -0,740,10 -0,26 -0,41 -0,22 -0,61 -0,96 -1,68