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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (01/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / Que, mediante el Informe N° 000020-2025-ITP/ CITEFORESTAL-PUCALLPA, el CITEforestal Pucallpa sustenta técnicamente la participación de los dos (2) servidores antes citados, señalando que la referida actividad tiene como objetivo conocer los laboratorios e infraestructura en el uso de la teledetección para bosques y plantaciones forestales, mediante tecnologías aplicadas al uso de equipos con sistemas de aeronaves piloteadas remotamente (RPAS, por sus siglas en inglés) e inteligencia arti fi cial (IA), con el fi n de replicar ensayos y asistencias técnicas para el manejo forestal sostenible; Que, mediante el Memorando N° 00000623-2025-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, extiende su conformidad a fi n de continuar con el trámite de autorización de viaje; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, antes mencionada, establece en sus artículos 2 y 3, que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; asimismo, en su artículo 2 contempla que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, entre otros; sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas y de los organismos públicos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos que se deriven de la actividad “Misión Tecnológica a la Empresa Brasilera de Investigación Agropecuaria - EMBRAPA”, serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del ITP, en el marco del Contrato N° 1072- PROINNOVATE-CETF2-2023; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de los citados servidores del CITEforestal Pucallpa para que participen en la citada actividad; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores JHINMY KARC HEMERYTH BARTRA y FRANCISCO CAMPOS PANDURO, servidores del CITEforestal Pucallpa del Instituto Tecnológico de la Producción, para que participen en la actividad “Misión Tecnológica a la Empresa Brasilera de Investigación Agropecuaria - EMBRAPA”, del 3 al 9 de agosto de 2025, en la ciudad de Río Branco, República Federativa de Brasil. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes terrestres y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2025 del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, en el marco del Contrato N° 1072 - PROINNOVATE-CETF2-2023, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje terrestre US$Viáticos por 6 días (5 días + 1 día de instalación) US$ 370.00 por día JHINMY KARC HEMERYTH BARTRA 104.00 2,220.00 FRANCISCO CAMPOS PANDURO 104.00 2,220.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los servidores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deben presentar cada uno, un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2423855-1 Aprueban medidas de ordenamiento en materia acuícola para viabilizar el proceso de adecuación de las categorías productivas y la continuidad del desarrollo de la actividad acuícola, en el marco del artículo 10 del Reglamento de la Ley General de Acuicultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000250-2025- PRODUCE Lima, 31 de julio de 2025VISTOS: El Memorando N° 00000547-2025-PRODUCE/ DGA de la Dirección General de Acuicultura, con el que remite el Informe N° 00000030-2025-PRODUCE/