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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (01/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Viernes 1 de agosto de 2025 El Peruano / en el Reglamento, para lo cual el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) pone a disposición de la empresa prestadora a tres gerentes, cuya remuneración es asumida con los recursos del citado organismo técnico; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1620, Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento establece que las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal que, a la entrada en vigencia del referido Decreto Legislativo, hayan culminado el Régimen de Apoyo Transitorio, pueden acogerse a las medidas aplicables para el Post Régimen de Apoyo Transitorio, con el acuerdo del Concejo Municipal de cada una de sus municipalidades provinciales accionistas. La aplicación de estas disposiciones rige por tres años, desde la publicación de la Resolución Ministerial que rati fi que el Post Régimen de Apoyo Transitorio; Que, el artículo 226 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-VIVIENDA, regula el tratamiento del Post Régimen de Apoyo Transitorio aplicable a las empresas prestadoras; Que, mediante Resolución Ministerial N° 203-2022- VIVIENDA, se aprueba el “Procedimiento para el restablecimiento de las atribuciones de las municipalidades provinciales accionistas de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal, ante la conclusión del Régimen de Apoyo Transitorio”, con el objeto de regular el procedimiento para el restablecimiento de las atribuciones de las municipalidades provinciales como accionistas de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal, una vez concluido el Régimen de Apoyo Transitorio; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N° 063- 2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario, contado desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario, conforme a lo señalado en el literal c) del párrafo 20.1 del artículo 20 del acotado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Que, a través de la Nota N° 336-2025-VIVIENDA- VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, sustentada en el Informe N° 496-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de su Dirección de Saneamiento, propone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el “Procedimiento para el restablecimiento de atribuciones de las municipalidades provinciales como accionistas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal ante la conclusión del Régimen de Apoyo Transitorio y la aplicación de las medidas del Post Régimen de Apoyo Transitorio”, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía en general;Que, mediante el lnforme N° 599-2025-VIVIENDA/SG- OGAJ, desde el punto de vista legal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la emisión de la presente Resolución Ministerial, que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el “Procedimiento para el restablecimiento de atribuciones de las municipalidades provinciales como accionistas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal ante la conclusión del Régimen de Apoyo Transitorio y la aplicación de las medidas del Post Régimen de Apoyo Transitorio” y del texto del citado procedimiento; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del referido proyecto de Resolución Ministerial y del texto del procedimiento que aprueba dicha propuesta normativa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, y modi fi catoria; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el “Procedimiento para el restablecimiento de atribuciones de las municipalidades provinciales como accionistas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal ante la conclusión del Régimen de Apoyo Transitorio y la aplicación de las medidas del Post Régimen de Apoyo Transitorio” y del texto del referido procedimiento, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Recepción, sistematización y análisis de información Encargar a la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo señalado en el artículo precedente, a través del Formato vinculado en el siguiente enlace: “Matriz de Aportes para el Proyecto de Procedimiento para el restablecimiento de atribuciones de las municipalidades provinciales y la aplicación de las medidas del post régimen de apoyo transitorio”; ubicado en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2423940-1