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26 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de agosto de 2025 El Peruano / forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario; e infraestructura agraria; Que, conforme al literal a) numeral 2 del artículo 6 de la Ley Nº 31075, el MIDAGRI tiene la función general de aprobar las disposiciones normativas de su competencia; asimismo, el literal a) numeral 1 del artículo 7 establece que tiene la función especí fi ca de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales en las materias de su competencia; Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos tiene por fi nalidad regular el uso y gestión integrada del agua, la actuación del Estado y los particulares en dicha gestión, así como los bienes asociados a la gestión del agua; asimismo, el artículo 263 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establece que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) de fi nirá y pondrá a disposición de los gobiernos regionales y locales los criterios generales y caudales de los ríos que se utilizarán para el dimensionamiento de las obras que se proyecten en los programas de control de avenidas, desastres e inundaciones y otros proyectos especí fi cos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI se aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030, la cual tiene entre sus objetivos como Objetivo Prioritario 3: “Mejorar el manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible”, estableciendo como Lineamiento 1. “Incrementar el acceso a los recursos naturales de producción en los productores agrarios”, y en base a ello se estableció como servicio: “Provisión de infraestructura de riego para la producción agraria”, que permite la implementación oportuna de proyectos de inversión orientada a la construcción, rehabilitación, mejoramiento y/o ampliación de infraestructura de riego; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0187-2022-MIDAGRI se aprueba la Directiva General DI Nº 001-2022-MIDAGRI-OGPP/OM “Directiva de documentos normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, Versión 01, para regular la elaboración, evaluación, aprobación, publicación y difusión de documentos normativos del MIDAGRI, así como su modi fi cación y derogación; Que, el numeral 6.1. de la Directiva precitada establece que todas las unidades de organización pueden formular documentos normativos siempre que se elaboren en el marco de sus atribuciones y competencias; asimismo, el numeral 6.10.3 establece que el Manual es aquel documento normativo que desarrolla aspectos técnicos y operativos de forma ordenada y sistemática, para ejecutar determinadas actividades de una materia en particular; y los literales a) y b) del numeral 6.5 señalan que los documentos normativos pueden elaborarse cuando exista necesidad de complementar la normativa vigente para su aplicación y si existe la necesidad de desarrollar lo dispuesto en una norma legal o reglamentaria de carácter general; Que, el literal o) del artículo 101 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, es el órgano de línea encargado de conducir, promover y coordinar el desarrollo de infraestructura hidráulica y riego, que incluye los sistemas de riego, riego tecni fi cado, drenaje y protección contra inundaciones, a nivel nacional; Que, mediante el Memorando Nº 1691-2025-MIDAGRI- DVDAFIR/DGHIR la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego presenta la propuesta del documento “Manual para la Elaboración de Estudios de Hidrología en Proyectos de Infraestructura Hidráulica de Riego” sustentada en el Informe Nº 0025-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGHIR-DNIHR-ELMW de la Dirección de Normatividad de Infraestructura Hidráulica y Riego (DNIHR), el cual tiene por objeto establecer disposiciones técnicas y metodológicas necesarias para la elaboración de estudios hidrológicos, que garanticen un diseño y dimensionamiento adecuado de la infraestructura hidráulica de riego; Que, la propuesta ha obtenido las opiniones favorables de las unidades de organización involucradas en la propuesta del documento normativo así como de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de los Programas y Proyectos Especiales del MIDAGRI, así como de la Autoridad Nacional del Agua y de diversos gobiernos regionales que están vinculados en la elaboración de los estudios hidrológicos en la etapa de formulación, evaluación y ejecución del ciclo de inversiones de los proyectos de infraestructura hidráulica de riego; Que, a través del Memorando Nº 1518-2025-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto expresa conformidad respecto del Informe Nº 0126-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización, mediante el cual se emite opinión favorable al documento normativo denominado “Manual para la elaboración de estudios de hidrología en proyectos de infraestructura hidráulica de riego”; Que, asimismo mediante el Informe Nº 0987-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que estando a que el instrumento bajo análisis cumple con lo establecido en la Directiva General DI-001-2022-OGPP/OM y cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, su aprobación mediante Resolución Ministerial resulta viable; Que, el numeral 6.10.3 de la Directiva General, DI Nº 001-2022-MIDAGRI-OGPP/OM establece que un Manual de carácter Sectorial corresponde ser aprobado mediante Resolución Ministerial; y habiéndose cumplido con el procedimiento y requisitos establecidos en la referida directiva, corresponde aprobar el “Manual para la elaboración de estudios de hidrología en proyectos de infraestructura hidráulica de riego”; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; de la Directora General (DT) de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos; la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Resolución Ministerial Nº 0187-2022-MIDAGRI, que aprueba la Directiva DI Nº 001-2022-MIDAGRI/OGPP-OM “Directiva de documentos normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” V 01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Se aprueba el Manual Sectorial MA Nº 009-2025-MIDAGRI/DGIHR-DNIHR “Manual para la elaboración de estudios de hidrología en proyectos de infraestructura hidráulica de riego”, versión 01, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Promoción y socializaciónLa Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego realiza la promoción y socialización del Manual Sectorial aprobado por la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Noti fi cación Se dispone se remita copia de la presente Resolución Ministerial a la Autoridad Nacional del Agua, a los Programas, Proyectos Especiales, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y del Manual Sectorial, que se aprueba en la