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32 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de agosto de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante la carta de fecha 4 de junio de 2025 del Presidente de los Altos Funcionarios de APEC 2025 (APEC 2025 SOM Chair) y el correo electrónico de fecha 10 de junio de 2025 de la Directora de Programa del Comité Económico de la Secretaría de APEC, se invita al Ministerio de Economía y Finanzas a participar en la Tercera Reunión de Altos Funcionarios APEC (SOM3) del Foro de Cooperación Económica Asía-Pací fi co (APEC), en cuyo marco se realizará la Segunda Reunión del Comité Económico (EC2) y eventos conexos, en la ciudad de Incheon, República de Corea, del 10 al 13 de agosto de 2025; Que, la participación de Perú en dichos eventos es relevante para los intereses nacionales y de este Ministerio, dado que está en línea con el objetivo de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema fi nanciero y económico nacional, mediante la armonización de políticas, la transparencia, la promoción de inversiones, la inclusión fi nanciera y la prevalencia del enfoque macroprudencial. Asimismo, la intervención en las citadas reuniones permitirá que los acuerdos que se adopten se encuentren en concordancia con los lineamientos de política económica de nuestro país y los compromisos adoptados en el marco de todos los procesos de integración económica en los que participa el Perú, tales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Alianza del Pací fi co; Que, en ese sentido, resulta de interés nacional e institucional la participación en los mencionados eventos del señor Franklin Paul Thompson Loyola, Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, toda vez que la mencionada Dirección tiene entre sus funciones participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial y asegurar la consistencia de los acuerdos internacionales en materia económica con la política económica general; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Franklin Paul Thompson Loyola, Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Incheon, República de Corea, del 7 al 14 de agosto de 2025, de conformidad con el itinerario de viaje propuesto, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; precisándose que los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos son asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Economía, de la O fi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial Nº 131-2024-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 002-2024-EF/43.06 ”Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Franklin Paul Thompson Loyola, Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, del 7 al 14 de agosto de 2025, a la ciudad de Incheon, República de Corea, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2 .- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 4 229,02 Viáticos (4 + 2) : US $ 3 000,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar al Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo Encargado del Despacho de Economía y Finanzas 2425444-1 EDUCACIÓN Designan representante del Consejo Nacional de Educación ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana - FONDEP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2025- MINEDU Lima, 4 de agosto del 2025VISTOS; los documentos que conforman el Expediente N° CNE2025-INT-0578852; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana – FONDEP, establece la organización y los mecanismos para el funcionamiento del referido Fondo, creado por la Octava Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, modi fi cada por la Ley N° 31224; así como el marco general para el fi nanciamiento de los proyectos educativos presentados ante el mismo; Que, el artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28332, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-ED, establece que el Consejo de Administración del FONDEP, es el máximo órgano encargado de la administración del Fondo;