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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Jueves 11 de diciembre de 2025 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Reincorporan a fiscal supremo titular, dan por concluida encargatura de la Fiscalía Suprema de Familia y designan fiscal supremo titular en dicho despacho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3704-2025-MP-FN Lima, 10 de diciembre de 2025VISTOS: Los o fi cios N° s 00240-205-P/JNJ y 000132-2025-ARIF/ JNJ, de fecha 5 de diciembre de 2025; y, la Resolución N° 713-2025-JNJ, de fecha 4 de diciembre de 2025, y; CONSIDERANDO:Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3207-2016-MP-FN, de fecha 15 de julio de 2016, entre otros, se resolvió dar por concluida la designación del abogado Luis Carlos Arce Córdova, en su condición de fi scal supremo titular, en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, por haber sido designado como representante titular del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 094-2016-MP-FN-JFS, de fecha 12 de julio de 2016; posteriormente, fue reelegido como representante ante dicho órgano electoral, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 041-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de julio de 2020, y luego, se dejó sin efecto la resolución antes citada, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 069-2021-MP-FN-JFS, de fecha 27 de noviembre de 2021, debido a la declinatoria (renuncia) del abogado antes citado, presentada el 23 de junio de 2021 ante el Jurado Nacional de Elecciones y dicho organismo emitió la Resolución N° 066-2021-P/JNE, del 24 de junio de 2021, suspendiéndolo en el ejercicio del cargo de miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. Por Resolución N° 042-2021-PLENO-JNJ, de fecha 7 de julio de 2021, emitida por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia, se resolvió, entre otros, imponer la sanción disciplinaria de destitución, por su actuación como Fiscal Supremo y representante titular del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones al abogado Luis Carlos Arce Córdova, al haber incurrido en las faltas muy graves previstas en los numerales 6) y 11) del artículo 47 de la Ley N° 30483-Ley de la Carrera Fiscal; ante dicho pronunciamiento, el referido magistrado interpuso recurso de reconsideración, el mismo que fue declarado infundado en todos sus extremos, conforme lo señala la Resolución N° 017-2022-PLENO-JNJ, de fecha 7 de febrero de 2022, emitida por el Pleno de la Junta Nacional de Justicia. Que, la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el expediente N° 06970-2022-0-1801-JR-DC-05, en los seguidos por Luis Carlos Arce Córdova contra la Junta Nacional de Justicia, emitió la Resolución N° 10 de fecha 26 de noviembre de 2025, noti fi cada a la Junta Nacional de Justicia, entre otros resolvió, lo siguiente: “(…) 1. REVOCAR la sentencia contenida en la Resolución N° 9, de fecha 27 de marzo de 2025, que declara infundada la demanda de amparo. REFORMÁNDOLA declararon fundada en parte dicha demanda; en consecuencia, nulo el procedimiento disciplinario PD 116-2020-JNJ, así como todas las resoluciones emitidas en el marco de dicho procedimiento, incluidas las Resoluciones N° 042-2021-PLENO-JNJ, de fecha 7 de julio de 2021 y 017-2022-PLENO-JNJ, de fecha 7 de febrero de 2022; dejando a salvo la competencia de la Junta Nacional de Justicia para iniciar un nuevo procedimiento disciplinario contra el demandante; ordenar la reposición del demandante en el cargo de fi scal supremo titular que venía ejerciendo; y exonerar a la parte demandada del pago de los costos del proceso.(…)”Consecuentemente, la Resolución N° 713-2025- JNJ, de fecha 4 de diciembre de 2025, expedida por la Junta Nacional de Justicia, en su considerando tercero indica: “(…) mediante O fi cio N° 000081-2025-PP-JNJ de fecha 2 de diciembre de 2025, la Procuraduría Pública de la Junta Nacional de Justicia remitió la Resolución N° 25, de 1 de diciembre de 2025, que contiene el auto de mandato de cumplimiento de sentencia, remitida por el Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, en etapa de ejecución de sentencia, recaía en el expediente N° 06822-2022-0-1801-JR-DC-09, a través del cual señala que, no habiendo imposibilidad material para ejecutar lo ordenado en el proceso constitucional, resuelve o fi ciar a la Junta Nacional de Justicia a fi n de que se cumpla con habilitar el título del señor Luis Carlos Arce Córdova; habiendo sido noti fi cado el día 2 de diciembre de 2025; en sus propios términos señala lo siguiente: 1. OFICIAR a la demandante JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA a fi n de que cumpla con ordenar la reposición de Don Luis Carlos Arce Córdova al cargo de Fiscal Supremo Titular, que venía ejerciendo ante el Ministerio Público, debiendo para ello habilitar el Título de Fiscal Supremo Titular del Ministerio Público. 2. ORDENAR que la emplazada, a través de la dependencia correspondiente CUMPLA con lo dispuesto por el superior. 3. El presente mandato debe cumplirse en el PLAZO MAXIMO DE 05 DIAS HÁBILES bajo apercibimiento de multa, a la entidad responsable y a los funcionarios responsables por omisión de sus funciones, de conformidad con el artículo 27 o, del Nuevo Código Procesal Constitucional”. En esa línea, a través de los o fi cios de vistos, cursados por el señor Gino Augusto Tomas Ríos Patio, presidente de la Junta Nacional de Justicia y la señora Carmen Mirta Obando Zavala, jefa del Área de Registro de Información Funcional de la Junta Nacional de Justicia, ambos recibidos por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación el 05 de diciembre de 2025, se remite copia certi fi cada de la Resolución N° 713-2025-JNJ, emitida por la Junta Nacional de Justicia, por la cual se resuelve rehabilitar el título a favor del señor Luis Carlos Arce Córdova como fi scal supremo, en cumplimiento a lo dispuesto por el Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima, de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el proceso de amparo seguido en el expediente N° 06822-2022-0-1801-JR-DC-09. Que, actualmente, la abogada Gianina Rosa Tapia Vivas, fi scal adjunta suprema titular, designada en la Fiscalía Suprema de Familia, se encuentra encargada de la referida Fiscalía, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2959-2025-MP-FN, de fecha 22 de septiembre de 2025. En ese sentido, considerando que el artículo 158 de la Constitución Política del Estado y el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, señalan que el Fiscal de la Nación representa al Ministerio Público y su autoridad se extiende a todos los funcionarios que lo integran cualquiera que sea su categoría y actividad funcional especializada, le corresponde en su condición de titular del Ministerio Público dirigir, orientar y formular la política institucional, constituyendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación “designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad”. El artículo 32 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que la designación de los fi scales, en todos los niveles y especialidades, se realiza en la plaza especí fi ca, para el órgano fi scal respectivo, y compete al Ministerio Público sobre la base de la especialidad. Por lo tanto, estando a las prerrogativas y facultad concedida al Fiscal de la Nación, corresponde designar en la Fiscalía Suprema de Familia al abogado Luis Carlos Arce Córdova, en virtud a la rehabilitación de su título como fi scal supremo efectuada por la Junta