Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2025 (10/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Viernes 10 de enero de 2025 El Peruano / decir, cuando el predio es solicitado para ejecutar un proyecto de interés nacional o regional declarado como tal por el Sector o la entidad competente, acorde con los planes y políticas nacionales o regionales. La declaración debe indicar la ubicación y área del predio necesario para desarrollar el proyecto y el plazo de ejecución; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, a través del O fi cio Nº 01692-2023/SBN- DNR-SDNC y el Informe Nº 00201-2023/SBN-DNR-SDNC señaló que cada Sector regula aquellas consideraciones a tener en cuenta para la cali fi cación y aprobación de proyectos de interés nacional o regional en el ámbito de su competencia; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000293-2024-PRODUCE se aprobó la Directiva General Nº 0001-2024-PRODUCE/DM “Disposiciones para declarar un proyecto de inversión de interés nacional por el Ministerio de la Producción en el marco de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estales, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA”; Que, el numeral 5.2.3 de la Directiva General Nº 0001-2024-PRODUCE/DM de fi ne a la Declaración de un proyecto de interés nacional como aquella emitida por el Ministerio de la Producción mediante una resolución ministerial, a través de la cual se declara que un proyecto de inversión en materia de industria manufacturera es de interés nacional, debido a que se encuentra acorde con los planes y políticas nacionales del Sector Producción; Que, el numeral 5.3 de la Directiva General Nº 0001-2024-PRODUCE/DM enumera y desarrolla los requisitos que toda solicitud de declaración de interés nacional, presentada ante el Ministerio de la Producción debe cumplir para que sea aprobada; asimismo, el mencionado numeral 5.3 dispone que el área encargada de la evaluación y veri fi cación de los mismos es la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de conformidad con el literal f) del artículo 96 del ROF del Ministerio de la Producción, establece como una función de la referida Dirección General la emisión de opinión sobre proyectos de inversión privada de interés sectorial o nacional, de conformidad con la normativa vigente, así como, en las materias de sus competencias; Que, a través de los O fi cios N °s. 18-2024-APROMYPE, 022-2024-APROMYPE y 26-2024-APROMYPE, la Asociación de Productores MYPE – Mira fl ores ha solicitado y sustentado la declaratoria de interés nacional del proyecto de inversión denominado “Proyecto Industrial MYPE Mira fl ores - Arequipa”; Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio a través de los Memorandos N °s. 00001439-2024-PRODUCE/ DGPAR y 00000723-2024-PRODUCE/DP y el Informe Nº 00000101-2024-PRODUCE/DP-jrojasc, informa respecto de la evaluación y veri fi cación del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Directiva General Nº 0001-2024-PRODUCE/DM, para la declaratoria de interés nacional del proyecto de inversión denominado “Proyecto Industrial MYPE Mira fl ores - Arequipa”; Que, es así como, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, mediante el Informe Nº 00000101-2024-PRODUCE/DP-jrojasc, manifesta que el mencionado proyecto tiene como objetivo central lograr un adecuado desarrollo productivo y económico con permisos industriales en zonas cali fi cadas basados en la innovación y la formalización regulada de las micro y pequeñas empresas del distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Arequipa”, el cual se logrará a través de la formalización de la pequeña y mediana empresa, con la debida asistencia técnica, realizando sus trabajos en talleres adecuados y con los espacios necesarios y califi cados para el desarrollo de trabajos industriales; Que, en este sentido, y luego de la evaluación técnica correspondiente, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, mediante el Informe Nº 00000101-2024-PRODUCE/DP-jrojasc, concluye que se encuentra justi fi cada la declaración del proyecto de inversión denominado “Proyecto Industrial MYPE Mira fl ores - Arequipa” como de interés nacional, a fi n de que pueda acceder a la compraventa directa del terreno estatal, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 222 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, al haberse cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 29151, así como con lo previsto por la Directiva General Nº 0001-2024-PRODUCE-DM; Que, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, mediante el Memorando Nº 00001227-2024-PRODUCE/DVMYPE-I remite el proyecto de Resolución Ministerial para la declaratoria de interés nacional del proyecto de inversión denominado “Proyecto Industrial MYPE Mira fl ores - Arequipa”, así como los antecedentes señalados en los considerandos precedentes, al haberse cumplido con los requisitos establecidos por el Reglamento de la Ley Nº 29151, y con lo previsto por la Directiva General Nº 0001-2024-PRODUCE-DM; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 00000014-2025-PRODUCE/OGAJ, desde el punto de vista legal, concluye que corresponde la emisión de una Resolución Ministerial que declare de interés nacional el proyecto de inversión denominado “Proyecto Industrial MYPE Mira fl ores - Arequipa”, estando a la opinión técnica favorable emitida por la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que declare de interés nacional el proyecto de inversión denominado “Proyecto Industrial MYPE Mira fl ores - Arequipa”; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatal; y la Resolución Ministerial Nº 000293-2024-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 0001-2024-PRODUCE/DM “Disposiciones para declarar un proyecto de inversión de interés nacional por el Ministerio de la Producción en el marco de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estales, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar de interés nacional el proyecto de inversión denominado “Proyecto Industrial MYPE Mira fl ores - Arequipa”, el mismo que se desarrollará en el predio cuyas características se indican a continuación: PARTIDA REGISTRAL DEL PREDIONº 11446157 del Registro de Predios de la O fi cina Registral Arequipa – Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. UBICACIÓN DEL PREDIOTerreno eriazo de dominio privado denominado Predio 1 ubicado en el distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Arequipa. ÁREA DEL PREDIO 59.6220 hectáreas. Se utilizará para la ejecución del proyecto cuarenta (40) hectáreas. PLAZO DE EJECUCIÓN Cuatro (4) años, contabilizados desde la fecha de adquisición del mencionado predio. Artículo 2.- La declaración de interés nacional del proyecto de inversión señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no se puede interpretar como una autorización de fi nitiva de la ejecución del proyecto de inversión, debiendo el administrado realizar las acciones correspondientes ante las autoridades