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26 NORMAS LEGALES Viernes 10 de enero de 2025 El Peruano / en materia de Gestión Administrativa, Patrimonial, Presupuestaria, de Inversiones y de Contrataciones del Estado para el Año Fiscal 2025. 1. Gerente General:1.1 En materia administrativa a) Aprobar directivas internas para la racionalización del gasto y para el uso adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento durante la ejecución presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2025, pudiendo dictar medidas que resulten complementarias, a excepción de aquellas que correspondan a la O fi cina General de Administración, conforme a las disposiciones que dicta la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. b) Designar a los Titulares y Suplentes de las Cuentas Bancarias de la entidad. c) Suscribir contratos de consultoría derivados de Convenios de Cooperación Técnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de similar naturaleza y sus respectivas adendas. d) Aprobar los actos de adquisición a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, dando cuenta a la Superintendencia Nacional. e) Emitir directivas, lineamientos y resoluciones en el ámbito de competencia de los sistemas administrativos, dando cuenta a la Superintendencia Nacional. 1.2 En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobación del Plan Anual de Contrataciones del Pliego 072: SUCAMEC, y sus respectivas modi fi caciones. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección, cuyo valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, realizados en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo 344-2018-EF, y modi fi catorias. 2. Jefe de la O fi cina de Administración: 2.1 En materia administrativaa) Representar a la SUCAMEC ante las entidades públicas y privadas en asuntos de naturaleza tributaria, registral, municipal, fi nanciera, de servicios básicos y telecomunicaciones, entre otras, encaminadas a ejecutar trámites administrativos que se gestionan ante dichas entidades. b) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles e inmuebles. c) Autorizar encargos y el reconocimiento de deuda por devengados. d) Reconocer el pago por enriquecimiento sin causa, conforme a la normatividad vigente. e) Autorizar la apertura de caja chica.f) Aprobar los reembolsos derivados de solicitudes de viáticos. g) Aprobar los asientos contables. h) Aceptar legados, donaciones y otras liberalidades de bienes no dinerarios que se hagan a favor de la SUCAMEC, dando cuenta a la Gerencia General y a la Superintendencia Nacional. 2.2 En materia patrimonial a) Suscribir contratos de comodato. 2.3 En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobar las Contrataciones Directas en los supuestos previstos en el literal e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del TUO de la Ley N° 30225, su Reglamento y modi fi catorias.b) Aprobar la Estandarización y Homologación de Bienes y Servicios para cualquier tipo y/o modalidad de procedimiento de selección, así como las provenientes de las compras directas. c) Aprobar las Bases de los procedimientos de selección; así como las provenientes de las contrataciones directas, aprobadas conforme a la normatividad vigente. d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección de todos los procedimientos de selección, aprobar su remoción, renuncia; así como modi fi car su composición de acuerdo con las causales establecidas en el TUO de la Ley N° 30225, su Reglamento y modi fi catorias. e) Aprobar los expedientes de contratación para cualquier tipo de procedimiento de selección, así como el Expediente de Contratación de Compras Directas. f) Aprobar el incremento presupuestal para otorgar la buena pro, respecto de procedimientos de selección que superen el valor referencial o el valor estimado de la convocatoria, previa autorización de la Superintendencia Nacional. g) Aprobar a cancelación parcial o total de los procedimientos de selección convocados durante el Año Fiscal 2025 o anteriores, de corresponder. h) Autorizar y aprobar las contrataciones complementarias en bienes y servicios, así como aprobar otras modi fi caciones al contrato. i) Suscribir los contratos derivados de procedimientos de selección y de contrataciones directas, sus modi fi caciones a través de adendas, y los contratos complementarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° y 34° del TUO de la Ley N° 30225. j) Autorizar adelantos según la normativa vigente. k) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios, hasta el límite del veinticinco por ciento (25%), del monto del contrato original. l) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios, hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. m) Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes o servicios u obras. n) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, conforme a lo establecido en el TUO de la Ley N° 30225, su Reglamento y modi fi catorias. o) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse par mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a las contrataciones del Estado. p) Pronunciarse sobre la solicitud de resarcimiento de daños y perjuicios presentada por el contratista en el supuesto establecido en el artículo 176 del TUO de la Ley N° 30225. q) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modi fi catorias, en el marco de las disposiciones que establezca la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas. r) Aprobar los expedientes de contratación, las modi fi caciones contractuales, las solicitudes de ampliación de plazo contractual, resolución contractual, y en general toda documentación relacionada con el procedimiento y la ejecución contractual, cuando estas deriven de contrataciones realizadas a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. s) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje, contando para ello con la representación del Procurador Publico a cargo de la defensa de los intereses de la SUCAMEC. t) En materia de ejecución de contratos de obra y de consultoría de obra: • Autorizar la suspensión y/o reinicio de la ejecución de la obra. • Autorizar el cambio de residente de obra.