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27 NORMAS LEGALES Viernes 10 de enero de 2025 El Peruano / • Aprobar Expedientes Técnicos de Obra o Estudios Defi nitivos de Obra para cualquier tipo de procedimiento de selección. • Aprobar las solicitudes de mayores y menores gastos generales para ampliación de plazo para el caso de obras y consultoría de obras, previa opinión favorable del área competente. • Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas en el caso de contrataciones de obra y consultorías de obra. • Aprobar u observar las valorizaciones de obra. • Absolver consultas al contratista de obra. • Aprobar el calendario de obra. • Requerir u observar el expediente técnico de adicionales de obra. • Designar y remover a los integrantes del Comité de Recepción de Obra. • Designar inspectores de obra. • Comunicar la fecha de recepción de obra. • Comunicar el levantamiento de observaciones al pliego del comité de recepción de obra. • Aprobar o denegar prestaciones adicionales o deductivos o reducción de prestaciones de obra. • Aprobar o denegar el adicional de plazo de ejecución por causas ajenas al contratista en la demora de la recepción de la obra. • Aprobar o denegar retrasos justi fi cados solicitados en torno a lo estipulado en el artículo 162.5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, relacionados a obra. • Aprobar las intervenciones económicas de obra, así como designar al interventor de obra y modi fi car su designación cuando sea necesario, según dispone el TUO de la Ley N° 30225, su Reglamento y modi fi catorias y la Directiva correspondiente del OSCE. Aprobar, suscribir y observar las liquidaciones de ejecución de inversiones y de supervisión de obras cualquier tipo de procedimiento de selección. 3. Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos: 3.1 En materia administrativa a) Representar a la SUCAMEC ante las diferentes entidades públicas y privadas sobre asuntos de naturaleza laboral, previsional y de recursos humanos relacionado con sus servidores y ex servidores, a fi n de ejecutar los trámites administrativos que se gestionan ante dichas entidades. b) Elevar ante el Tribunal del Servicio Civil, dentro del plazo legal, los recursos de apelación presentados por los servidores. c) Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal relacionadas a incorporaciones, asignaciones, licencias con o sin goce de remuneraciones, cambio de modalidad de trabajo, vacaciones, desplazamientos, compensaciones, ceses, suscripción y/o renovación de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarios para una adecuada conducción y dirección del personal de la entidad comprendido en el régimen de especial de contratación laboral del personal del Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi catorias; en el régimen del servicio civil, regulado por la Ley N° 30057; su Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; así como las disposiciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR sobre la materia. d) Expedir resoluciones sobre las designaciones temporales en funciones y su correspondiente conclusión, para puestos de con fi anza del personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 1057. e) Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado, previa conformidad del Jefe inmediato. f) Comunicar al personal contratado bajo cualquier modalidad la decisión unilateral de la SUCAMEC de resolver el contrato, de acuerdo a la legislación que resulte aplicable. g) Suscribir, en representación de la SUCAMEC, los convenios de Prácticas Preprofesionales y Profesionales, celebrados conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el Sector Público y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2019-PCM. 4. Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto: 4.1 En materia presupuestal a) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen, de conformidad con la normativa vigente del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 5. Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica: 5.1 En materia administrativa a) Suscribir los escritos de devolución de noti fi caciones judiciales y administrativas contra la SUCAMEC. b) Llevar a cabo audiencias de uso de la palabra de manera presencial o virtual solicitados en los recursos administrativos y nulidades. Artículo 2.- Las facultades conferidas a los funcionarios públicos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, constituyen facultades de carácter indelegable, por lo que solo podrán ser ejercidas por ellos mismos. Artículo 3.- Los funcionarios públicos a los que se les delega las facultades señaladas en el artículo 1 de la presente resolución, deberán informar trimestralmente al Titular de la Entidad y a la Gerencia General, según corresponda, los actos que emitan. Artículo 4.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprende atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo 5.- Notifi car a todos los funcionarios públicos que se mencionan en la presente resolución, para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 6.- Publicar la presente resolución en el diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. TEÓFILO MARIÑO CAHUANA Superintendente Nacional 2360624-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban la mejora del servicio gratuito “VISOR BGR” RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 00002-2025- SUNARP/SN Lima, 9 de enero de 2025VISTOS: El Memorándum Nº 00016-2025-SUNARP/OTI del 8 de enero de 2025, de la O fi cina de Tecnologías de la Información; el Memorándum Nº 00031-2025-SUNARP/DTR del 9 de enero de 2025, de la Dirección Técnica