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75 NORMAS LEGALES Viernes 7 de febrero de 2025 El Peruano / Nacional de Justicia Penal Especializada – etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: La Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Los logros expuestos se encuentran en el Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión; así como a articular el cumplimiento de las actividades operativas con las acciones y objetivos estratégicos del Plan Estratégico, en cumplimiento a Resolución Administrativa Nº 000260-2023-P-PJ. Sexto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. Nº 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. Nº 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. Nº 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. Nº 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. Nº 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa Nº 000338-2022-CE-PJ). Sétimo. Que, por Resolución Administrativa Nº 000206-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 7 de agosto de 2020, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Callao para la atención de la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), entre ellos en el 1°, 2°, 3° y 5° Juzgados Especializados de Trabajo. Octavo. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000015-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso en el artículo segundo para la Corte Superior de Justicia del Callao, que el 1°, 2°, 3° y 5° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Corte Superior de Justicia del Callao redistribuyan expedientes hacia el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma Corte Superior, de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo. Noveno. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000439-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso en el artículo primero prorrogar el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, a partir del 1 de enero de 2025 hasta el 30 de abril de 2025, entre ellos, para la Corte Superior de Justicia del Callao el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio. Décimo. Que, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el marco de las Resoluciones Administrativas Nº 000015-2024-CE-PJ y 000439-2024-CE-PJ, el O fi cio Nº 000155-2024-P-CSJCL- PJ de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y el O fi cio Nº 002548-2024-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información de la Gerencia General del Poder Judicial. En mérito a ello, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 004-2025-ST-CT- EJE-PJ, por el cual se propone para la Corte Superior de Justicia del Callao la ampliación de la implementación de la funcionalidad del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio, permitiendo la gestión de los expedientes judiciales electrónicos en el citado órgano jurisdiccional.Décimo Primero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 209-2025 de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 29 de enero de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal del Trabajo en el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, en el marco de la ejecución de la Resolución Administrativa Nº 000015-2024-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Encargar a la Corte Superior de Justicia del Callao realice las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución; debiendo informar a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Gerencia de Tecnologías de Información y Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, la realización de las mismas. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET OFELIA LOURDES TELLO GILARDI Presidenta 2369324-1 Crean el Juzgado de Paz del Centro Poblado Unión Ambo en la Corte Superior de Justicia de Huancavelica Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000048-2025-CE-PJ Lima, 5 de febrero del 2025 VISTOS: El O fi cio N° 000004-2025-JMCV-CE-PJ cursado por el señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, en su condición de Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena; así como el O fi cio N° 001555-2024-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Distrito Judicial de Huancavelica. CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena remite a este Órgano de Gobierno el informe elaborado por la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, mediante el cual hace de conocimiento que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Unión Ambo, distrito de Acoria, provincia, departamento y Corte Superior de Justicia de Huancavelica.