TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Jueves 13 de febrero de 2025 El Peruano / Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.”; Que, el Artículo 39º de la Ley antes mencionada, señala: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros. (…)”; Que, la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone: “(…) 2. Autorizar, en el Año Fiscal 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a modi fi car su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados correspondiente a: (…) ii) los ingresos por canon, sobrecanon y renta de aduanas; provenientes de los ingresos percibidos por dichos conceptos en el Año Fiscal 2024; solo para reducirlo hasta por el monto que resulte de la diferencia entre el Presupuesto Institucional Modi fi cado y el monto de los ingresos percibidos. 3. La modi fi cación del presupuesto institucional autorizada en el presente artículo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo del consejo regional se publica en el diario ofi cial El Peruano, y el acuerdo del consejo municipal se pública en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de conejo regional y acuerdo de consejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.”; Que, el Artículo 44º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 001 de fecha 14 de enero de 2008, modi fi cada a través de la Ordenanza Regional Nº 002 de fecha 11 de junio de 2019, dispone: “(…) Cuando la naturaleza del asunto o la urgencia del caso lo requiera, se podrá dispensar el trámite de Comisiones”; Que, mediante el Informe Nº 006172-2024-GRC / OPT de fecha 17 de diciembre de 2024, la O fi cina de Presupuesto y Tributación, emite opinión técnica respecto a la modi fi cación del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora 1028-001 Región Callao y, re fi ere: “3.4 (…) se puede observar que la Unidad Ejecutora 001 Región Callao, registra un Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) de S/381,952,397.00 y una recaudación estimada de S/298,442,430.00, teniendo una diferencia de S/83,509,967.00. 3.4 Considerando lo expuesto en los párrafos precedentes y en el marco presupuestal libre de certi fi cación, es necesario proponer una modi fi cación presupuestaria en el marco de lo dispuesto en la CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEGUNDA Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por el importe total de S/60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) (…)”; Que, la citada O fi cina mediante el referido Informe, concluye: “(…) 4.2 Que, a la fecha de emitido el presente documento, la Unidad Ejecutora 1028-001 Región Callao, perteneciente al Pliego 464 Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, cuenta con un Presupuesto Institucional modi fi cado de S/381 952 397,00 (…) de los cuales se anulará S/60 000 000,00 (…) 4.3 Cabe señalar que, la aprobación de la modi fi cación del presupuesto institucional en marco del numeral 2 de la CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEGUNDA Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, es mediante acuerdo de consejo regional, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 de dicho dispositivo legal. (…)”;Que, mediante el Informe Nº 001146-2024-GRC/GAJ de fecha 18 de diciembre de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal respecto a la modi fi cación del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora 1028-001 Región Callao y, concluye: “(…) resulta procedente se apruebe mediante Acuerdo de Consejo Regional la modi fi cación del Presupuesto Institucional del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 1028-001 Región Callao, en el marco a lo dispuesto en el numeral 2 de la CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEGUNDA Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (…)”; Que, en la Sesión Extraordinaria celebrada el día 26 de diciembre de 2024, se dispuso que, de acuerdo a la urgencia del caso, se dispensa del trámite del presente expediente administrativo a la comisión respectiva, conforme a lo previsto en el Artículo 44º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 001 de fecha 14 de enero de 2008, modi fi cada a través de la Ordenanza Regional Nº 002 de fecha 11 de junio de 2019; Que, en la mencionada Sesión Extraordinaria, el señor Kenggy Nicolle Yepes Aponte, en su calidad de Gerente Regional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, sustentó la modi fi cación del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora 1028-001 Región Callao, en el marco de lo dispuesto en la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por el importe total de S/60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi catorias, en virtud de los considerandos establecidos precedentemente, por unanimidad: SE ACUERDA: 1.- APROBAR la modi fi cación del Presupuesto Institucional del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente al Año Fiscal 2024, de la Unidad Ejecutora 1028-001 Región Callao, en el marco de lo previsto en el numeral 2 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por el importe total de S/60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES). 2.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme a lo previsto en el numeral 3 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. 3.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, derive el presente Acuerdo de Consejo Regional dentro de los cinco (05) días calendario a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, conforme a lo establecido en el numeral 3 de la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. 4.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el fi el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, en atención a la normatividad vigente. 5.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión y control del presente Acuerdo